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Ponente |
Cargo |
Postura |
Entrar |
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José Manuel
Dorado Rueda |
Coordinador de
las Jornadas
Director de la revista La Serranía |
Moderador |
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José Montes
Rincón |
Agente de Medio
Ambiente |
Neutral |
 |
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Juan Luis
Muñoz Roldán |
Director Oficina
Comarcal Agraria de Ronda |
Neutral |
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Andrés V.
Pérez Latorre |
Grupo de Trabajo
Valle del Genal
Profesor de la Universidad de Málaga |
A Favor |
 |
|
Alejandro
Moreno Sánchez |
Secretario de
Silvema-Serranía de Ronda |
A Favor |
 |
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Rafael
Flores Domínguez |
Presidente de la
Asociación Senderista Pasos Largos
Representante de Ecologistas en Acción durante 8 años en la
Junta Rectora del Parque Natural Sierra de las Nieves |
En Contra |
 |
|
Andrés Rguez.
Glez. |
Director-Conservador del Parque Natural Sierra de Grazalema
desde junio de 1998 hasta finales de 1999 |
En Contra |
 |
Introducción
José Manuel Dorado
Rueda
(Coordinador de las
Jornadas y Director de la revista La Serranía)
El pasado 19 de octubre de
2002 celebramos en los salones del Hotel Rural La Posada del Arriero
de Júzcar unas Jornadas de Conferencias y Debate con la idea de dar
un poco de luz al tema más de actualidad y que posiblemente más
preocupaba a los habitantes de los 15 pueblos del Valle del Genal.
Decidimos titularlas: "Valle del Genal, ¿Parque Natural?" y para la
celebración de las mismas contamos con seis magníficas ponencias a
cargo de Rafael Flores Domínguez, Miembro de la Junta Rectora del
Parque Natural Sierra de las Nieves durante 8 años; Alejandro Moreno
Sánchez, representante de Silvema Serranía de Ronda-Ecologistas en
Acción y José Montes Rincón, Coordinador de Medio Ambiente en la
zona del Genal. Tras un breve descanso que aprovechamos para saludar
a las más de 100 personas de los distintos puntos del Genal y de la
Comarca que asistieron al encuentro, proseguimos con la segunda
tanda de conferencias, estando éstas a cargo de Andrés Rodríguez
González, Director-Conservador del Parque Natural Sierra de
Grazalema en 1999; Juan Luis Muñoz Roldán, director de la OCA de
Ronda y Andrés Vicente Pérez Latorre, profesor de la UMA, en
representación del Grupo de Trabajo Valle del Genal.
Tras estas
seis magníficas ponencias, que dejaron un buen sabor de boca entre
todos los asistentes por su calidad y claridad, nos dispusimos a
almorzar en el restaurante de La Posada del Arriero. La comida
sirvió de excusa para comenzar el debate entre los distintos grupos
sentados a la mesa. Sobre las 4:30 nos trasladamos de nuevo al salón
de conferencias para iniciar el debate que contó con una gran
participación y en el que cabe destacar, entre otras, la
intervención de Paco Puche, que arrancó con sus palabras un cálido
aplauso de todos los presentes.
Tras poner fin
al debate, nos trasladamos a la Real Fábrica de Hojalata de Júzcar,
donde Daniel del Río y Enrique Ruiz nos guiaron por tan magnífico
monumento y nos mostraron uno de los rincones más hermosos del Genal.
Con la
celebración de estas Jornadas hemos pretendido dar un poco de luz a
los pros y contras de la declaración del Valle del Genal como Parque
Natural. No hemos pretendido convencer a nadie de nada, tan sólo
informar para que libremente cada cual se cree su propia opinión.
Lo ideal sería
que las distintas administraciones: Ayuntamientos, Diputación,
Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, CEDER, etc.
organizaran Jornadas similares en cada uno de los pueblos para que
la información llegue a todos los rincones del Genal. Nosotros, por
nuestra parte, hemos procurado darle la mayor difusión que hemos
podido, dentro de nuestros limitados medios.
Agradecer su
colaboración desinteresada a Alejandro, Rafa, Juan Luis, Pepe,
Andrés, Andrés Vicente, Daniel, Enrique y a la Posada del Arriero, a
todos los que participaron con su presencia y a las asociaciones que
colaboraron en la organización: Pasoslargos, Silvema, Grupo de
Trabajo Valle del Genal y Revista La Serranía. Todos queremos lo
mejor para el Genal, que se conserve, al menos, como lo ha hecho
hasta ahora. Trabajemos por ello.

Valle del Genal,
¿Parque Natural?
José Montes Rincón
(Agente de Medio Ambiente
en la Serranía de Ronda)
El presente artículo
se hace desde la experiencia del autor que en su faceta laboral
trabaja como Coordinador de Agentes de Medio Ambiente de la
Consejería del mismo nombre. Y como para mucha gente esto no les
sonará creo que seguro que lo de "Guarda Forestal" les será mas
familiar.
En mi experiencia
laboral he tenido varias facetas que me hacen tener una amplia
óptica del tema de los Parque Naturales ya que trabajé durante ocho
años en la zona malagueña del Parque Natural "Sierra de Grazalema"
(Montejaque, Benaoján, Ronda) y ahora llevo cinco como coordinador
en el valle del "Genal".
Antes de empezar
hay que dejar muy claro un hecho indiscutible: EL VALLE DEL GENAL
TIENE LOS MISMOS VALORES O MÁS QUE MUCHOS DE LOS ESPACIOS QUE HAN
SIDO DECLARADOS PARQUE NATURAL EN ANDALUCÍA O EN OTRAS COMUNIDADES
AUTÓNOMAS".
Dicho esto paso a
exponer lo que considero deben saber los habitantes de esta comarca
que pudiera ser declarada en el futuro como Parque Natural. Lo hago
desde la experiencia en el trato con muchas personas en mi ámbito
profesional pero tratando el tema desde un punto de vista personal,
o sea, que nada tiene que ver con la intención u opinión que tenga
la Consejería de Medio Ambiente y sus dirigentes.
Una de las
características principales del Valle es que la mayor parte de las
aproximadamente 49.300 hectáreas que ocupa tiene la consideración de
forestal. Solo un 20 % de su superficie (9.963 hectáreas) son
tierras de cultivo . Otra característica es que este terreno
forestal es en su mayoría monte de propiedad de particulares. Solo
unas diez mil hectáreas son montes públicos, es decir, propiedad de
los Ayuntamientos o de la Junta de Andalucía.
En este contexto
de montes de particulares y en la mayoría de los casos de poca
superficie (minifundios) es donde se va a producir la relación de
los propietarios con el Parque Natural. Pero en este mismo contexto
hay que decir que muchas cosas no cambiarían, y esto es muy
importante saberlo ya que hay mucha confusión, quizás por falta de
información.
ALGUNAS
COSAS QUE NO CAMBIARÍAN O QUE CAMBIARIAN POCO CON LA DECLARACIÓN DE
PARQUE NATURAL
En este punto hay
que tener en cuenta que la mayoría de la actual y vigente
legislación medioambiental y de gestión del medio natural es muy
nueva, es decir, ha entrado en vigor muy recientemente. De esta
forma tenemos la Ley Forestal que es de 1.992 y su reglamento que es
de 1.997. La Ley de Incendios Forestales es de 1.999 y su Reglamento
de 2.001. El Reglamento de Ordenación de la Caza es de 2.001 y el de
Vías Pecuarias de 1.998. Y así el resto de la legislación que afecta
a la naturaleza.
Toda esta
normativa regula todas las actividades en el monte de una manera
exigente y actual y que básicamente somete toda actuación a un
régimen de autorizaciones. Dicho de otra manera "para hacer
cualquier cosa en el campo hay que pedir permiso" que así es como lo
dice el personal. Y esto es ahora que no es parque natural y así
seguiría si lo fuese como veremos al hacer un repaso de distintas
actuaciones y actividades.
- Desbroces,
podas, cortas, entresacas.
Estas actividades son muy comunes en toda la comarca y que en caso
de declaración como parque habría que seguir solicitando cada vez
que se quisiera hacer tal y como en la actualidad. Como dato citar
que en el año 2.001 se tramitaron en la oficina comarcal de Ronda
581 expedientes. El condicionado para la ejecución apenas sufriría
cambios.
Por tanto, el que hace la limpia y poda de sus castaños, el que roza
su monte, el que corta los pinos que estorban a los alcornoques, el
que entresaca los pinos para vender la madera y dejar los mejores,
lo podrá seguir haciendo como hasta ahora: solicitando y
ejecutándolo con las condiciones que vienen en el permiso.
- Planes de
Prevención y otras actuaciones derivadas de los Incendios
Forestales.
Las actuaciones de prevención de incendios serán iguales y poca
diferencia traería la declaración del parque. En la actualidad la
normativa es de pocos meses y obliga a todos los propietarios de
terrenos forestales a realizar planes de prevención de incendios y a
acometer las actuaciones (cortafuegos, fajas auxiliares, puntos de
agua, etc.) que en ellos se contemplan. Además por todos son
conocidas las limitaciones actuales en cuanto a la quema de residuos
que se condiciona los días y horas de manera dificultosa para los
propietarios.
- Cambios de
uso.
Los cambios de uso consisten en modificar las características de la
vegetación que existe. Pueden ser cambiar un terreno forestal a
agrícola, en cuyo caso la normativa actual es muy exigente y sin ser
parque en la actualidad sería muy difícil que se autorizara como ya
ha ocurrido en algún caso cuando se ha querido implantar una viña en
terrenos forestales.
Otra posibilidad es cambiar los usos de forestal (por ejemplo pinar)
a forestal (por ejemplo castañar). Esta actuación también está
sometida a solicitud en la actualidad y su posible autorización
llevaría un condicionado exigente que regularía actuaciones tales
como laboreos del suelo en fuertes pendientes ya que en la
actualidad los nuevos castañares se están introduciendo en los
lugares menos apropiados y con mas pendientes y el consiguiente
riesgo de erosión.
-
Repoblaciones.
En esta actividad, la creación de la figura del parque podría
plantear que puedan ser cuestionadas las especies (prohibición
expresa de introducción de especies no autóctonas) y los trabajos de
preparación del terreno (terrazas).
-
Infraestructura Viaria (Arreglos de caminos, carriles, etc.,)
En la actualidad se tramitan mediante una solicitud que se suele
autorizar previo informe. En el caso que fuera parque algunas de
estas actuaciones se someterían al tratamiento como una obra
(Licencia Municipal) y que mas adelante se tratará este tema. Por
otro lado, ya esta contemplado que si se trata de carriles de nueva
apertura con una cierta longitud y pendientes, en la actualidad es
necesaria someterse a Informe Ambiental derivado de la Ley de
Protección Ambiental.
- Caza y pesca.
Para la caza hay que informar que hay mucha normativa nueva (finales
del año 2001) y que ya está regulada mediante Planes Técnicos, Orden
de Vedas, etc. Por tal motivo, la creación del parque no afecta en
absoluto a la forma en la que se desarrolla en la actualidad: se
podrán seguir haciendo cotos, se podrá seguir cazando las especies
de las que exista caza, se podrán hacer sueltas, etc., y las únicas
condiciones serán las que actualmente existen: tener licencia de
caza, tener dado el coto de alta y con su plan técnico en vigor,
tener autorizadas con antelación las sueltas, etc.
En cuanto a la pesca pocas novedades ya que tenemos el río con el
Coto y Vedado en la parte alta que seguiría sometido a mismo régimen
que en la actualidad.
- Acampadas.
Tal y como en la actualidad las acampadas están prohibidas y solo se
pueden hacer en los lugares acondicionados para ello. La única
novedad que podría venir con un parque es que el fomento del uso
público que se suele hacer aumente y/o mejore las zonas de acampadas
y adecuaciones recreativas.
- Vías
Pecuarias.
Las vías pecuarias tienen el mismo tratamiento con o sin parque y su
normativa, del año 1.995 y 1.998, es muy exigente. El problema en
todos los caso es que faltan actuaciones de deslinde y
amojonamiento. Como ya se ha comentado antes, el parque conlleva un
fomento del uso público y por tanto, uso de las cañadas, veredas y
cordeles. Ahora bien, sin ser parque, en estos meses se van a
deslindar todas las vías pecuarias que forman el corredor desde
Ronda al Campo de Gibraltar que afecta a Ronda, Benaoján, Jimera de
Libar, Benadalid, Benalauría, Benarrabá y Gaucín.
ACTUACIONES
AGRICOLAS
Sobre esta actividad ya se ha mencionado que es un pequeño
porcentaje el que se lleva a cabo y a veces estas zonas están en la
vertiente del Guadiaro de los municipios que tienen su casco urbano
en la vertiente del Genal (Algatocín, Benalauría, Benadalid y
otros). En muchos municipios prácticamente es inexistente la
agricultura y en cualquier caso de pequeña importancia (naranjos,
huertos, olivares, almendros, etc.). Estas actividades no se verían
alteradas con un parque y podrían seguir desarrollándose como se
viene haciendo hasta ahora.
ACTIVIDAD
GANADERA
En este caso tampoco nos encontraríamos grandes diferencias con un
parque ya la esta actividad se podría seguir desarrollando de forma
extensiva como se hace en la actualidad. Solo en algún monte público
con excesiva carga ganadera habría que tomar medidas que ya se está
estudiando en colaboración con el ayuntamiento y los propios
ganaderos.
Las nuevas explotaciones intensivas (ganado en estabulación
permanente, granjas) ya están reguladas en la Ley Protección
Ambiental y estarían sometidas a dicha normativa.
ALGUNAS
NOVEDADES QUE CONLLEVARÍAN LA DECLARACIÓN DE PARQUE NATURAL
- Criterio
preferente en ayudas
En todas las ayudas el hecho de estar dentro de un espacio natural
protegido hace que la solicitud de ayuda sea preferente con relación
a donde no lo sea.
- Sometimiento
a Informe Ambiental de mayor numero de actividades.
El Informe Ambiental es un procedimiento de prevención ambiental
donde se valora de forma anticipada y adecuadamente los efectos
ambientales de distintas actividades obligando a las medidas de
protección que se estimen o pudiendo informar negativamente la
ejecución de tal actividad.
La declaración de Parque Natural conlleva que mas actividades estén
sometidas a Informe Ambiental siempre que se desarrollen en suelo no
urbanizable. Por ejemplo una industria de la transformación de la
madera, un taller, una almacén, una estación de servicio de
gasolina, etc.
- Protección de
avifauna en Líneas de Alta Tensión.
Existe una normativa especifica para los espacios naturales
protegidos en la instalación de nuevas líneas cuyo objetivo es
proteger las aves de accidentes de choque o electrocución. Hay que
señalar, sin embargo, que las medidas de protección se están
implantando de forma general en todas las nuevas instalaciones en
cualquier tipo de terreno ya que muchas líneas están sometidas a
Informe Ambiental o Evaluación de Impacto Ambiental
- Preferencia
de investigadores y universidades a trabajar en Parques.
La Declaración de Parque suele atraer la atención de distintos
investigadores de universidades y otros centros de investigación que
suelen desarrollar diversos proyectos sobre valores del propio
parque y que siempre son de interés.
- Derecho de
tanteo y retracto
Estos derechos vienen significar que cualquier finca, sea de la
extensión que sea debe ser ofrecida a la Consejería de Medio
Ambiente antes de ser trasmitida. Si no se ofrece el Registrador lo
notificara y la finca podrá ser adquirida por el precio que conste
en las escrituras.
- Servidumbre
forzosa de instalación de señales
Los terrenos incluidos dentro de los límites de un espacio natural
protegido estarán sujetos a servidumbre forzosa de instalación de
las señales que los identifiquen dando lugar a la correspondiente
indemnización.
- Elaboración
previa del P.O.R.N.
Los Planes de Ordenación de Recursos Naturales (P.O.R.N.) tienen la
finalidad de adecuar la gestión estos recursos garantizando el
mantenimiento de los procesos ecológicos, la preservación de la
diversidad genética, el uso ordenado y la preservación de la
variedad, singularidad y belleza de los ecosistemas. De acuerdo a la
legislación forestal (Ley Forestal 2/92) " ...el Consejo de Gobierno
acordará la elaboración de P.O.R.N. en los terrenos forestales...".
Sin embargo, la declaración de Parque Natural obliga a que
previamente esté elaborado este Plan que viene a ser, junto con el
Plan Rector de Uso y Gestión, la "Ley del Parque".
Es posible que en la regulación contenida en estos planes, en los
que debe haber la máxima participación en su elaboración, existan
algunas limitaciones especificas para zonas o actividades y que
pudieran condicionar, prohibir o regular distintas actuaciones.
- Régimen
sancionador mas severo
En el caso de infracciones dentro de un Parque Natural en materia de
caza y pesca las multa son mayores a la que la propia norma
especifica establece. Así mismo, la propia legislación de Parques
Naturales establece multas que van desde los 60,10 euros
(infracciones leves) hasta los 300.506,05 euros (infracciones muy
graves).
- Recolección
de especies
La recolección de especies ya esta regulada por una Orden del año
1.997 donde se señala como es el régimen de autorización y las
especies a las que afecta. Esta normativa es para todo los espacios
si bien en los Parques Naturales la normativa es mas rigurosa y
exigente lo que se suele plasmar en los P.O.R.N.
Hay que tener en cuenta que hay especies que están protegidas y que
no pueden ser recolectadas, ni perturbadas y que su protección no es
por el terreno en el que están sino por la especie en sí misma.
Recordar el caso del pastor de Sierra Nevada aunque hay que indicar
que la noticia fue "distorsionada" y que en este caso este señor
sabía y estaba previamente advertido que estaba recolectando una
especie protegida.
- Impulso
económico
La declaración de Parque Natural, tal y como se ha comprobado en
otras zonas, trae consigo un impulso económico derivado de una
promoción de la comarca, sobre todo desde el punto de vista
turístico. Esto trae también una serie de inconvenientes que pueden
llegar a alterar los propios valores del espacio.
Cabe señalar el fomento de los productos elaborados o producidos en
el Parque. De hecho, hoy en día la Consejería de Medio Ambiente esta
impulsando la marca "PARQUE NATURAL" como promoción.
Así mismo, un Parque Natural y su área de influencia debería traer
consigo una mejora de las comunicaciones, infraestructuras, de los
niveles de servicio, de los equipamientos, de la vivienda rural,
etc. pero muchas veces esto no ocurre pese a que se contempla en la
legislación para establecer ayudas técnicas y financieras.
- NORMATIVA
URBANÍSTICA
Es en este punto donde los habitantes del parque "notan" más la
declaración de un territorio como Parque Natural. Y es que a partir
de ese momento se empiezan a controlar las actuaciones urbanísticas
por parte de la Consejería, normalmente, a través de los Agentes de
Medio Ambiente.
Cualquier tipo de
obra que se realice dentro del Parque, ya sea un gallinero, una casa
de aperos, una vivienda, una alambrada, un pozo, un carril, una
piscina, un aljibe, etc., etc. requerirá la obtención de la licencia
de obras. El particular debe solicitarla y el ayuntamiento debe
remitir el expediente a la Consejería (no a la Junta Rectora como
aparecía por error en un artículo anterior) que evacuará informe que
es vinculante, es decir, que si es negativo no se podrá dar licencia
para lo solicitado o tendrá que cumplir las condiciones que se
indiquen.
Realmente, la
licencia de obras es exigible siempre, lo que ocurre es que en la
actualidad, sin ser parque, la administración competente, la local,
no tiene posibilidades de controlar estos temas en muchas ocasiones
y, por tanto, se suele hacer gran cantidad de pequeñas y medianas
obras sin la licencia. Con la declaración de Parque los Agentes de
Medio Ambiente "amplían" sus funciones y se convierten además en una
especie de "Patrulla Urbanística" que vigila y controla cualquier
obra fuera del casco urbano o del terreno urbanizable. Cuando
empiezan las quejas de los ciudadanos que no están acostumbrados a
pedir licencia para este tipo de obras suele ocurrir que por un lado
las autoridades responsables, lo que se conoce como órgano
sustantivo, "responsabilizan" a los de "Medio Ambiente" y en el
fondo se sienten aliviados al tener una vigilancia de las obras en
el campo que además les supone recaudar más con el Impuesto de
Construcciones.
Esto, que es un
inconveniente para muchos, es interpretado como una garantía para
otros ya que se controla el desarrollo urbanístico que es una de las
amenazas de cualquier zona. Además de la vigilancia sobre las obras
hay que indicar que existe un importante control sobre normas
urbanísticas ya que la modificación de la clasificación del suelo no
urbanizable (Normas Subsidiarias, PGOU) requerirá el Informe
favorable que deberá ajustarse al PRUG. Además, los Planes Rectores
prevalecen sobre normas urbanísticas. Por último, en este punto, es
importante conocer lo que dice el Art. 13 de la "Ley 2/89 que
aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía
y se establecen medidas adicionales para su protección" que señala
lo siguiente: "Toda nueva actuación en suelo no urbanizable que se
quiera llevar a cabo en el Parque Natural, deberá ser autorizada por
la Consejería de Medio Ambiente"
Como finalización
de este artículo, supongo o al menos este es mi deseo, que se tenga
mas información de lo que puede representar un Parque Natural. Toda
esta información puede tener una doble lectura:
Habrá quien diga que si un Parque Natural no trae consigo tantas
novedades ni tantas prohibiciones como se creía y si algunas
ventajas, será mejor que se declare Parque Natural.
Por otro lado estarán los que aleguen que si ya hay suficiente
legislación que protege los recursos naturales y los valores del
Valle, para que necesitamos el Parque. Que se cumpla toda la
legislación: la medio ambiental, la de especies protegidas, la
forestal (incluida la elaboración del P.O.R.N.) y la urbanística y
con ello estaremos suficientemente protegidos.
En cualquier caso,
Europa llama a las puertas del Valle. Cuando Europa protege una zona
se llama ZEC (Zona de Especial Conservación) aunque la declaración
la hace la Comunidad Autónoma. El primer paso se ha dado remitiendo
la documentación para que se declare LIC (Lugar de Importancia
Comunitaria). Cuando la Comisión Europea lo apruebe la Junta de
Andalucía declarara ZEC gran parte del Valle. Lo que esto puede
significará y las consecuencias será cuestión de otro artículo.

Valle del Genal,
¿Parque Natural?
Perspectiva desde la Oficina
Comarcal Agraria de Ronda
Juan Luis Muñoz Roldán
(Director de la Oficina
Comarcal Agraria de Ronda)
El pasado 19 de
octubre de 2002 tuvo lugar en Júzcar una jornada dedicada a informar
y debatir sobre la propuesta de declaración del Valle del Genal como
Parque Natural. Con independencia del grado de protección ecológica
que supondría tal figura jurídica, en particular contra la
especulación de grandes capitales foráneos a través de
urbanizaciones, presas, industria eólica, canteras, etc. como allí
se dijo, se me ha pedido mi opinión respecto al sector agrario de
esta subcomarca.
El Valle del Genal
era una zona humanizada, agrícola y ganadera, cuyo territorio estaba
ocupado por huertas, tanto en las vegas como en terrazas, viñedos,
cultivos arbóreos y pastizales para el ganado, salvo las zonas mas
altas y abruptas que eran forestales. Se han perdido algunos
cultivos como la morea para la seda, el zumaque para las tenerías.
Otros quedan como reminiscencia de lo que fue una importante
actividad, caso del viñedo o la recolección del esparto. Pero el
cambio espectacular en el paisaje de este jardín, como dice José A.
Castillo que es todo el Valle, se produjo y se está produciendo
desde hace varias décadas debido a la emigración y la pérdida de
valor de los productos y las actividades tradicionales. Es un cambio
hacia el abandono de fincas, de cultivos, de casas de campo, de
molinos, de sistemas de riego, etc. De ahí que cuando uno se asoma
al Valle desde cualquier pueblecito, desde alguna carretera que lo
circunda, la impresión es la de un paisaje forestal, dominado por
encinas, alcornoques, pinos, chopos y castaños.
Hay excepciones
claro, sobre todo el castañar, cultivo en expansión tanto en la
intensidad del manejo como en su superficie debido a que la castaña
todavía mantiene un precio digno gracias a la presencia de algunas
cooperativas. También se están instalando algunos jóvenes con
ganaderías modernas.
Así pues, la
inviabilidad de las pequeñas explotaciones y la falta de
infraestructuras hacen que la agricultura en el Valle del Genal sea
hoy día marginal y tenga, en general, malas perspectivas en el
modelo convencional. Sin embargo, creo que la situación cambiará a
medida que más emprendedores rurales inviertan en explotaciones
alternativas, combinen la agricultura ecológica con el turismo de
naturaleza, a medida también que sean reconocidos algunos
distintivos de calidad, como Denominación de Origen “Castaña
Serranía de Ronda”. A partir del momento en que los emprendedores
del Valle orienten sus producciones hacia la calidad, visto que en
cantidad no pueden competir, exploten la imagen natural y la
dimensión turística del Valle y la Serranía, y comercialicen sus
alimentos bajo etiquetas de reconocido prestigio, la figura de
Parque Natural será un valor añadido. Creo que si no se cambia da
igual que el Valle sea o no Parque Natural para el sector
agroalimentario; pero si este cambio, ya iniciado por algunos, se
acepta y extiende, insisto en que el Parque Natural servirá para
vender más y mejor los exquisitos alimentos producidos en el Valle.
Por otra parte, la
reforma de la Política Agraria Común en que estamos inmersos de cara
al 2.006 inclina la balanza de las ayudas hacia las zonas como el
Valle: desfavorecidas, de pequeñas explotaciones, de agricultura
compatible con la preservación medioambiental, de bajas rentas
agrarias y con modelos de desarrollo rural. Por tanto, será una
causa más no solo para dotación de infraestructuras, investigación o
apoyo técnico, sino para ayudas agroambientales y medidas de
acompañamiento que harán viables cultivos ahora abandonados como el
olivar en pendiente o las frutas y las hortalizas, así como el
establecimiento y mejora de las industrias agroalimentarias.
Un Plan de
Desarrollo Sostenible y de Ordenación Territorial para el Valle del
Genal ¡Ya!
Andrés Vicente Pérez
Latorre
(Grupo de Trabajo
Valle del Genal)
Júzcar, 19 de octubre de 2002, al inicio de la Primavera del Cobre
El Grupo de
Trabajo Valle del Genal (constituido por representantes de
residentes del Genal, asociaciones, sindicatos, partidos, profesores
y particulares) lleva cerca de 10 años de aportaciones en la línea
del desarrollo sostenible para el Valle y sus habitantes.
Tras conseguir que
la opinión pública y las administraciones reconociesen el
excepcional valor del Valle de del Genal, con el fruto de la
paralización de la macropresa y del avance en las propuestas de
Parque Natural y la declaración oficial de Lugar de Importancia
Comunitaria, el frente se desplaza hacia el modelo de desarrollo
urbanístico desaforado que, por desagracia, impera en todo el
litoral malagueño y amenaza el interior. Frente a esta “plaga” sólo
caben medidas de ordenación del territorio, colocando previamente
cada proyecto en sus sitio correspondiente de modo que no afecte los
valores medioambientales-sociales y genere riqueza para la mayoría
de los habitantes a largo plazo. Estos planes de ordenación pueden
venir de tres distintas fuentes:
a/ El Valle del
Genal es Lugar de importancia Comunitaria (a nivel europeo) por lo
que hay que exigir a las administraciones central, autonómica y
europea, fondos y regulación al respecto, ya que esta directiva ya
está en vigor.
b/ Otra de las
posibilidades es un Plan de Ordenación del Territorio Subregional,
que debe ser planteado cuanto antes a la Administración Autonómica.
c/ Finalmente, la
figura de Parque Natural Andaluz prevé también figuras de ordenación
(PORN = Plan de Ordenación de Recursos Natrales y PRUG = Plan Rector
de Uso y Gestión), que, con fondos y personal apropiados, serían
suficientes para asegurar el desarrollo sostenible del Valle y
obtener el reconocimiento deseado.
A continuación se
presentan datos informativos dirigidos sobre todo a los habitantes
del Genal, que son los que tendrán que pensar como colectivo
comarcal para evitar que los valores del Valle degeneren
irreversiblemente o que instancias superiores o “de fuera” tengan
que, finalmente, poner “orden”.
I. El
AGRAVIO COMPARATIVO del GENAL
|
Serie |
PN
Alcornocales |
PN
Grazalema |
PN Sierra
Nieves |
Valle del
Genal |
|
acebuchales |
X
|
X
|
-
|
X
|
|
quejigares
morunos |
X
|
X
|
-
|
X
|
|
alcornocales |
X
|
X
|
X
|
X
|
|
encinares
termo |
X
|
X
|
X
|
X
|
|
encinares meso |
-
|
X
|
X
|
X
|
|
encinares
supra |
-
|
-
|
X
|
X
|
|
quejigares con
arces |
-
|
X
|
X
|
-
|
|
algarrobales |
X
|
X
|
X
|
(X)
|
|
pinsapares
calcícolas |
-
|
X
|
X
|
-
|
|
pinsapares
serpentinícolas |
-
|
-
|
X
|
X
|
|
pinares
serpentinícolas |
-
|
-
|
X
|
X
|
|
sabinares
termo |
-
|
X
|
X
|
X
|
|
sabinares meso-supra |
-
|
-
|
X
|
-
|
|
enebrales oro |
-
|
X
|
X
|
-
|
|
alisedas y
ojaranzales |
X
|
-
|
-
|
X
|
|
choperas |
X
|
X
|
-
|
X
|
|
fresnedas |
X
|
X
|
X
|
-
|
|
saucedas |
X
|
X
|
X
|
X
|
|
adelfares |
X
|
X
|
X
|
X
|
|
TOTALES |
10
|
13
|
15
|
14
|
Tabla 1.
Principales ecosistemas presentes en los Espacios Naturales de la
Serranía de Ronda.
|
Elem. Pais. |
PN
Alcornocales |
PN
Grazalema |
PN Sierra
Nieves |
Valle Genal |
|
alcornocales |
X |
X |
X |
X |
|
castañares |
- |
- |
- |
X |
|
pinares
(negral) |
- |
- |
X |
X |
|
riberas |
X |
X |
X |
X |
|
quejigales |
X |
X |
X |
X |
|
encinares |
- |
X |
X |
X |
|
pinares (P.radiata) |
X |
- |
- |
X |
|
pinsapares |
- |
X |
X |
X |
|
cultivos
arbóreos |
- |
X |
X |
X |
|
matorrales |
X |
X |
X |
X |
|
roquedos |
X |
X |
X |
X |
|
TOTALES |
6 |
8 |
9 |
11 |
Tabla 2. Unidades
paisajísticas presentes en el Valle del Genal y presencia/ausencia
en los Espacios Naturales de la Serranía de Ronda.
II. ¿QUÉ SON
LOS ESPACIOS NATURALES?
· Territorios que
forman parte del Medio Ambiente Natural
· Recursos Naturales destacables (geología, flora, fauna,
ecosistemas…)
· Paisajes privilegiados
· Intervención humana armónica
III. ¿POR
QUÉ SE PROTEGEN?
· Origen: siglo
XIX, minorías socialmente avanzadas
· valores estéticos
· valores recreativos
· Actualidad: siglo XXI, mayoritaria aceptación y disfrute social
· Conservación de la Biodiversidad
· Desarrollo Sostenible
IV. TIPOS DE
ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS
Ámbito
· Autonómicos (Andalucía)
· Estatales (España)
· Europeos (Unión Europea)
· Mundiales (Naciones Unidas, UNESCO)
Autonómicos
· Parques Naturales:
· Gran extensión
· Diversidad de valores (flora, fauna, gea)
· Población + actividades tradicionales
· Consejería de Medio Ambiente
Parajes Naturales
· Menor extensión
· Sobresale un valor
· Sin población
· Consejería M.A. + Patronato M. A. provincial
Reservas Naturales
· Pequeña extensión (lagunas)
· Sobresale valor faunístico
· Consejería de M. A. + Patronato M. A. provincial
Parques
Periurbanos
· Pequeña extensión
· Sobresale valor recreativo-cultural ligado a la Naturaleza
· Ayuntamiento
Monumentos
Naturales
· Un individuo natural sobresaliente (árbol, formación geológica,
etc.)
· Ayuntamiento + Consejería de M. A.
Estatales
· Parque Nacional: ¿Sierra Bermeja?
· Un tipo de ecosistema español
· Ecosistemas casi primigenios
· Administración Estatal + Autonómica
Europeos (Unión
Europea)
· Zona de Importancia Comunitaria
· Red Natura 2000 Europea
· Actualidad: propuesta de Lugares de Importancia Comunitaria
· Administración: Europea + Estatal + Autonómica
Mundiales
(Naciones Unidas, UNESCO)
· Reserva de la Biosfera
· ecosistemas mundiales con presencia humana integrada
· sin presupuesto
· sin legislación
· etiqueta de calidad ambiental
V. ESPACIOS
PROTEGIDOS DEL VALLE DEL GENAL
Paraje Natural de Los Reales de Sierra Bermeja
· mayores masas ígneas de peridotitas de Europa Occidental
· único bosque de pinsapos sobre este tipo de rocas
· endemismos exclusivos de Málaga y protegidos
· Magníficos pinares negrales endémicos (Pinus pinaster)
· Problemática: incendios, sobrepastoreo, instalaciones
radioeléctricas (antenas)
Paraje Natural de
Sierra Crestellina
· inmensa roca caliza aislada
· gran colonia de buitres leonados (Gyps fulvus)
· especies vegetales rupícolas como Rupicapnos africana
· Problemática: incendios, presión urbanística.
Lugar de
Importancia Comunitaria Valle del río Genal
· intacto su paisaje desde hace unos 500 años
· diversidad de paisajes es monumental
· bosques de castaños
· bosques de ribera en franca regeneración
· montañas bermejas de peridotitas
· uno de los mejores alcornocales (Quercus suber) con quejigos
(Quercus canariensis, Q. broteroi) de la Península (Monte del Duque)
Lugar de
Importancia Comunitaria Sierras Bermeja y Blanca
· enorme riqueza de endemismos botánicos (Centaurea lainzii, Genista
haenseleri)
· acosados por la masiva urbanización litoral
VI.
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL PARQUE NATURAL
[Fuente: (Junta de Castilla y León, Guía informativa ¿Qué es un
espacio natural protegido?). Respuestas adaptadas a Andalucía en lo
posible]
¿Quién
administraría un futuro Parque Natural del Valle del Genal?
La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía = Director
Conservador (gestor), PORN, PRUG, PDI, PDS, Junta Rectora).
¿Estarían
representados los ayuntamientos en la gestión del Espacio Protegido?
Sí, en la Junta Rectora
¿Qué beneficios
podría dar la declaración de Parque Natural a sus habitantes?
Crear infraestructuras y niveles de servicios adecuados
Potenciar actividades tradicionales compatibles con los valores
ambientales
Integrar los habitantes en las actividades que tengan que ver con la
conservación del Parque
Rehabilitar la vivienda rural y conserva el patrimonio
arquitectónico tradicional
Estimular las actividades culturales, científicas, recreativas.
Compensar las limitaciones establecidas y posibilitar el desarrollo
socioeconómico.
¿El ser Parque
Natural supondrá un aumento de la actividad turística?
Sí, de turismo rural y de naturaleza, del que se procurará s
dispersión sobre todo en las zonas peor dotadas. Permitirá mejorar
construcciones, consumir productos de la zona, y generar nuevos
puestos de trabajo.
¿Se favorecerían
los aprovechamientos agrícolas y ganaderos?
Existirán restricciones, dependiendo de cómo afecten a los recursos
naturales, se favorecerá los que mejoren los recursos naturales.
¿Quiénes ocuparían
los puestos de trabajo que se generen?
Los esfuerzos irán encaminados a que sean ocupados por la población
residente.
¿Cuáles son
algunas de las limitaciones del Parque Natural?
· No hacer fuego salvo en lugares autorizados.
· Acampada libre fuera de los lugares señalizados
· Cualquiera daño a especies protegidas tanto de plantas como de
animales (también fuera del Parque)
· Cualquier daño a los hábitat de la directiva 92/43 CEE del LIC
Natura 2000
· Vertidos fuera de lugares autorizados
¿Afectaría al uso
de productos químicos en agricultura?
Se considera suficiente la legislación ambiental correspondiente,
pero se verán favorecidas las explotaciones de agricultura
ecológica.
¿Por qué es
necesario el control o cierre de algunos carriles?
Para preservar las áreas más importantes de flora, fauna y paisaje.
Por supuesto no está prohibido el tránsito de personas. El acceso
estará siempre garantizado a los propietarios que realicen
actividades agro-silvo-pastorales tradicionales.
¿Qué limitaciones
habría para a caza y la pesca?
Deberán respetar los valores y recurso naturales. Realizarán un Plan
de Ordenación Cinegética que tratará de no hacer coincidir el
periodo de caza con el de mayor afluencia de visitantes.
¿Se prohibiría
construir en las zonas catalogadas legalmente como urbanizables?
En general, no, salvo contradicción con legislación sobre
conservación (LIC, fauna y flora, etc.)
¿En que sentido se
vería afectada la construcción de viviendas?
Se pretende revitalizar el tejido urbano existente y evitar
urbanizar zonas con valor natural. No se permite la construcción de
nuevos núcleos urbanos. Las modificaciones de edificios se harán
siguiendo unas normas básicas paisajísticas acordes con el modelo
tradicional de la zona.
¿Se podrían
realizar construcciones de tipo agrícola, ganadero o forestal?
Si, menos en las zonas de reserva, y deben de guardar relación
directa con el aprovechamiento de la zona.
¿Se necesitaría
proyecto visado para realizar construcciones?
Igual que fuera del Parque Natural: Ayuntamiento y Comisión
provincial de Urbanismo.
¿Podrían
construirse nuevos carriles o modificarse los existentes?
Si, con autorización de la Administración del Parque. En unos casos
serán sometidas a EIA. En zonas de Reserva sólo se mantendrán las
existentes que sean necesarias para la gestión del Medio Natural o
Servicios Públicos.
¿Se expropiarían
terrenos particulares para los usos del Parque Natural?
No. Se intentará llegar a acuerdos de compara con particulares de
zonas de gran valor ecológico.
¿Se podrían
plantar árboles frutales y cultivar huertos?
Sí, por supuesto. Sobre todo se ayudará a los que mantengan el
paisaje y se hagan de modo tradicional.
¿Se podrían hacer
desmontes para realizar plantaciones agrícolas?
En zonas de reserva y de uso limitado, no (además no suele haber
actividad agrícola). En otras zonas bajo EIA y nunca sobre un
hábitat o especie de la Directiva 92/43 o especies de flora y/o
fauna protegidas por la Ley.
El ganado ¿tendría
problemas para pastar?
El aprovechamiento racional de los pastos (capacidad de carga) será
no sólo permitido sino además potenciado, así como sus zonas, sus
infraestructuras, etc.
Los
aprovechamientos tradicionales (abejas, hongos, corcho) ¿Se podrían
seguir realizando?
Sí, por supuesto, por su valor etnológico, su valor económico y ser
actividades que protegen los recursos naturales.
¿Se podría seguir
cazando en el Parque?
Sí, siempre subordinada a la conservación de la fauna y flora
silvestre. Los cotos deberán tener un Plan de Ordenación Cinegética
con visto bueno de la Administración del Parque.
¿Qué actividades
de uso público se verían afectadas?
Se dará prioridad a las de bajo impacto y primando las que
beneficien más a la población local. Recurrirán autorización:
pruebas deportivas (prohibidas en general las de vehículos
motorizados salvo en zonas de uso intensivo), actividades
científicas, actividades de medios de comunicación, etc.
¿Qué
obligatoriedad tienen las normas del PORN?
Al ser Ley autonómica El PORN es de obligado acatamiento por todos
los residentes en el Parque y por todos los visitantes.
VII.
DIRECTIVA 92/43CEE = REAL DECRETO 1997/1995
Objetivo de la Directiva
Creación de una red de espacios protegidos a nivel de la Unión
Europea (Natura 2000) con fines fundamentalmente conservacionistas
en lo que respecta a los "hábitats" y especies de la Directiva.
¿Qué es un espacio
protegido de Natura 2000?
Es una Zona de Especial Conservación (ZEC), designada por la UE de
una lista de "favoritos" propuesta por los Estados y Autonomías,
denominados LIC's (Lugares de Importancia Comunitaria).
¿Hay alguna ZEC
designada en España?
NO, pero según la legislación Real Decreto, los LIC serían ya ZEC
porque se han cumplido los plazos. En cualquier caso la Comisión
Europea promueve el “Principio de Precaución”.
¿Hay algún LIC
designado en España?
Si, pero no están aprobados por la Comisión Europea nada más que los
correspondientes a Canarias.
¿Que tipo de
protección tienen entonces los LIC's?
Los que obliga el artículo 6 de la Directiva debido a los plazos.
¿Todo el
territorio de un LIC está protegido por la Directiva?
NO, sólo los hábitats y las especies de la Directiva.
¿Qué es un
"hábitat"?
Es una comunidad vegetal definida y catalogada mediante la
metodología fitosociológica (botánica).
¿Cuáles son las
especies de la Directiva?
Una lista de especies vegetales y animales en peligro a nivel
europeo.
¿Pueden ser
afectados por un proyecto los hábitats o las especies de la
Directiva?
Dentro de un LIC, NO pueden ser afectados*. Fuera de un LIC, SÍ, si
no están protegidos por otra legislación.
(*salvo casos de Salud Humana y/o Seguridad Pública).
VIII. PLAN
DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE ÁMBITO SUBREGIONAL
(Ley 1/1994 de 11
de Enero de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma
Andaluza)
Armonía en la
distribución geográfica de las actividades y usos del suelo con:
· Las potencialidades del territorio
· La protección de la Naturaleza
· La protección del Patrimonio histórico-cultural
· El desarrollo económico sostenible
· Los POT tienen carácter vinculante para el planeamiento
urbanístico general (art. 23)
En la
identificación de áreas objeto del POT:
· Comarca del Campo de Gibraltar
· Doñana y Entorno
· Costa de Cádiz
· Sierra de Segura (se asemeja al Valle del Genal)
Quienes pueden
proponer un POT:
· Corporaciones Locales afectadas (3/5 de los municipios afectados,
10 de los 15 con ½ de la población total)
· Consejería de Obras Públicas y Transportes
Quienes lo
elaboran y supervisan:
· Participarán las Corporaciones Locales
· Comisión Provincial de Urbanismo
· Diputación Provincial
IX.
DESARROLLO SOSTENIBLE: PRUEBA DE CERTIFICACIÓN
Condiciones del
desarrollo sostenible para un área determinada (por este orden y a
cumplir por un proyecto determinado):
Modo de uso: con
el proyecto en la mano, ir respondiendo a las preguntas. Modificar
el proyecto en el momento que no cumpla alguna de las premisas.
1. Ambientalmente
sostenible
· ¿Afecta a algún recurso natural (geología, clima, flora, fauna,
paisaje) de modo que no asegure su existencia para generaciones
futuras?
2. Socio-culturallmente
sostenible
· ¿Genera riqueza mayoritariamente para la población autóctona?
· ¿Mejora el patrimonio sociocultural autóctono?
3. Económicamente
sostenible
· ¿Genera beneficios a medio y largo plazo a la población autóctona?
· ¿Parte considerable de los beneficios se reinvierten en el medio
ambiente?

Valle del Genal, ¿Parque
Natural?
Argumentos en contra de la
declaración
Rafael Flores Domínguez
(Presidente de la
Asociación Senderista Pasos Largos y representante de Ecologistas en
Acción durante 8 años en la Junta Rectora del Parque Natural Sierra
de las Nieves)
Ante tan expectante
cabecera de artículo, quiero dejar muy claro lo siguiente: El Valle
del Genal por su importancia ecológica y patrimonial sería digno
merecedor de ser amparado bajo la figura de protección de parque
natural (tal y como recoge la Ley de Espacios Protegidos de
Andalucía), así lo demuestran estudios comparativos realizados con
sus vecinos enclaves protegidos, donde en todos los casos: flora,
fauna, etc., atesora mayor riqueza y diversidad.
Entonces, ¿por qué planteo “signos de interrogación” a esa figura de
protección?
Mi escepticismo
viene precedido de ocho años como representante de Ecologistas en
Acción, en la junta rectora del parque natural Sierra de las Nieves;
siendo la experiencia tediosa y frustrante a no poder más. Después
de 13 años como espacio natural protegido por el gobierno andaluz,
pocos son los logros dignos de mencionar y sí muchos los problemas
latentes y no voy a ser tan ingenuo pensando que el hipotético
parque natural del Valle del Genal será una excepción, siendo en tal
caso, el último que se incorporaría a la red de espacios protegidos
de Andalucía.
Para la actual
administración medioambiental andaluza, los parques naturales son
meros instrumentos estadísticos; gusta mucho eso de decir que
tenemos tanto espacio protegido, “más que yo no sé cual región”;
además, son un atractivo turístico mal aplicado y no les importa,
por poner un ejemplo, que en sus campañas en el Canal de
titularidad pública “Andalucía Turismo” se confunda a la cueva del
Gato como paraje de Sierra de las Nieves o al pinsapar de la Cañada
del Cuerno como integrante del vecino parque natural de la Sierra de
Grazalema; para ellos es más importante gastar dinero en editar diez
mil folletos repletos de errores que buscar soluciones a las plagas
del pinsapar o realizar un censo de las aves nocturnas. Esa es la
seriedad con que se toma la administración la gestión de sus
espacios protegidos; mucho instalar carteles por todos lados, más de
propagandear el pinsapar y después, en el caso de Sierra de las
Nieves, cuando vienen las nevadas no controlan las avalanchas
humanas o cuando llega el verano y ante la campaña de incendios,
dejan al pinsapar “vendido” sin control en sus accesos y sin
guardería al caer la tarde, hasta la mañana siguiente.
La gestión de un
parque natural exige un mínimo de implicación de sus directores en
el funcionamiento de usos y normas; la Junta de Andalucía no tiene
ni recursos humanos, ni dinero, ni ganas, sobre todo ganas, de
aplicar el PORN (Plan de Ordenación de Recursos Naturales) y PRUG
(Plan Rector de Uso y Gestión); así lo demuestra que el parque
natural de la Sierra de las Nieves después de tanto tiempo, no tenga
aún aprobado un Plan de Uso Público, o que los alcaldes se
desesperen solicitando un Gerente del Instituto de Fomento de
Andalucía que asesore y dé forma a los proyectos de aprovechamiento
de los recursos naturales propios, para propiciar, por fin y de una
vez, el tan ansiado despegue económico y social de estos pueblos.
Preguntadles a los vecinos de Yunquera, Tolox o El Burgo si están
contentos con el parque natural, estoy seguro que la misma respuesta
oiréis de los de Montejaque o Benaoján, pueblos éstos en otro de los
parques naturales de la comarca.
Esa falta de
recursos económicos y la incapacidad de la administración
medioambiental está conduciendo a una privatización de las
infraestructuras básicas en los parques naturales y a un uso ajeno a
lo contemplado en la legislación, caso claro es el del cortijo de
Quejigales en Sierra de las Nieves, que de refugio público y zona de
acampada ha pasado a ser alojamiento rural gestionado indirectamente
por una empresa ajena a la comarca y no voy a dejar de nombrar
algunas de las atrocidades cometidas en este espacio y su área de
influencia como el famoso cable de Tarifa, la cantera del
Cascajares, el circuito de velocidad de Los Merinos o el bosque de
antenas de telefonía en Sierra Hidalga.
Por tanto, la
función de uso público, didáctico y de esparcimiento en los parques
naturales es más que dudosa; esto sólo tiene dos lecturas: La
especulación comienza con la propia administración pública y la
protección de un espacio natural no implica una mayor y mejor
calidad de conservación del enclave.
Precisamente y
hablando del parque natural de la Sierra de Grazalema, “La joya de
la Corona andaluza” (sólo en la zona gaditana del parque), sí
podemos decir que se ha producido una mejora relativa en la calidad
de vida y un aumento de la renta per cápita de sus moradores, por
supuesto que con ayudas infraestructurales de la administración
andaluza, que siempre se ha volcado con la zona gaditana de este
parque; pero eso es una excepción dentro de la red de espacios
protegidos, tangible en este parque y en el de Cazorla, Segura y Las
Villas; los demás “no pillan na de na”.
Parte de ese
progreso económico en el parque de Grazalema se produce igualmente
basado en un desordenado crecimiento urbanístico, contrario a todas
luces, a la filosofía tantas veces promulgada de “Desarrollo
Sostenible”; todo esto ocurre bajo la bendición y aprobación de la
administración; ahí están los ejemplos urbanísticos de ciertos
hoteles en Grazalema o el proyectado complejo residencial de
Benamahoma, que doblará la actual extensión de este municipio. Si
esto ocurre en nuestros vecinos parques naturales, ¿creéis de veras
que un Valle del Genal “protegido” como parque natural, se va a
librar de especulaciones urbanísticas, de presas o plantas eólicas?
Algunos piensan que la declaración del Valle del Genal como parque
natural va ha suponer un acercamiento físico y de gestión a las
poblaciones del parque; nada de eso, como pasa en Sierra de las
Nieves, el parque se gestionará desde una fría y recóndita
habitación del edificio Eurocom, en Málaga, y el
director-conservador tendrá que repartir sus funciones, tal y como
ocurre hoy día, entre otros espacios protegidos como Montes de
Málaga, Sierra de las Nieves, Sierra Bermeja y la Reserva Nacional
de Caza de la Serranía de Ronda.
La hipotética
Junta Rectora del parque natural del Valle del Genal,
(representantes de las fuerzas vivas implicadas en el Valle del
Genal) no tendrá sede en ningún sitio en concreto, (mucho menos en
Ronda que no pertenece al Valle); se reunirá, si acaso, dos o tres
veces al año, de forma errante por sus pueblos y los representantes
en dicho órgano que solo es “consultivo”, (las decisiones se toman
en Málaga) se desesperarán cuando adopten una decisión de forma
unánime y la delegación provincial de medio ambiente o la
Confederación Hidrográfica del Sur o el MIMAN, adopten y ejecuten la
resolución contraria; ejemplos pondría muchos, baste recordar el
caso de la perforaciones en el acuífero de la Sierra de las Nieves
en la última gran sequía.
Si problemática es
la gestión del parque natural Sierra de las Nieves, donde no hay
ninguna población dentro de sus límites, donde el único
aprovechamiento de su territorio es el ganadero y donde la mayoría
de sus hectáreas son de titularidad pública, qué “caos” podría ser
la gestión del Valle del Genal, con varios y diversos sectores
productivos como la ganadería, la agricultura, la actividad forestal
y otros muchos usos del suelo por no citarlos todos; donde vive una
población importante, donde existen cantidad de pequeñas y grandes
propiedades privadas...
Parece mentira que
en una sociedad moderna y democrática como la nuestra, se tenga que
pordiosear la mejora de infraestructuras sanitarias, sociales,
comunicaciones, etc.; por eso entiendo la postura de varios alcaldes
de pueblos del Genal que en un acto de sumisión, más propia de
sociedades feudales, tengan que poner condicionantes a la
declaración de este precioso Valle como parque natural. ¿Para eso
queremos el parque natural? ¡No! Lo primero que debe hacer la
administración es un Plan de Ordenación General del Territorio;
redactar un Plan Urbanístico y Arquitectónico para todos los pueblos
del Valle que no deteriore más la trama urbana de estas poblaciones,
especial ejemplo tendrían que dar los entes públicos, responsables
de algunos mamotretos arquitectónicos visibles en algunos pueblos;
dotar al Valle del Genal de todas las infraestructuras básicas de
una comarca que pertenece a la Comunidad Económica Europea; tratar a
las gentes del Genal como ciudadanos de primera, no como agentes de
cambio de sus recursos naturales y cuando todo esto ocurra, que se
declare al Valle del Genal como parque natural o con la figura de
protección que quieran.
Aún queda mucho
camino por recorrer antes de que muchos-as de nuestros-as
políticos-as adquieran una verdadera conciencia sobre el valor de la
conservación y buen uso de nuestro rico patrimonio natural; la
administración debe de creerse seriamente que proteger no es un
modismo importado de otras sociedades que ahora se lamentan del
catastrófico estado de conservación de su patrimonio natural; no
pueden ni deben de especular con las ilusiones, anhelos y sueños de
los ciudadanos de este apartado rincón de Andalucía.
Estas son en
líneas generales las ideas y sentimientos que me afluyen cada vez
que oigo o leo que se declare parque natural el Valle del Genal; por
supuesto que respeto las ideas y propuestas de muchos colectivos
como las de Ecologistas en Acción o las del Grupo de Trabajo del
Valle del Genal, en verdad, pienso igual que ellos, pero el problema
es la administración; de todos modos mi más sincera admiración a
estos colectivos, auténticos y altruistas defensores de los más
genuinos valores del Valle del Genal.
Espero con estas
humildes líneas, no promover ninguna polémica y sí aportar nuevos
datos y otra visión; que sirva ante todo, para crear debate.

Valle del Genal,
¿Parque Natural?
Andrés Rodriguez
González
(Director-Conservador del Parque Natural Sierra de Grazalema desde
junio de 1998 a finales de 1999)
¿El VALLE DEL GENAL DEBE
SER DECLARADO PARQUE NATURAL? YO CREO QUE NO
Dos son los
motivos fundamentales en los que justifico el por que creo que el
Genal NO debe ser declarado Parque Natural: Uno por criterios
medioambientales y otro por la experiencia personal al ejercer
durante año y medio las funciones de director conservador de un
Parque Natural Andaluz.
Con sinceridad y
rotundidad afirmo que la declaración de un territorio como Parque
Natural no garantiza su protección medioambiental. Con la normativa
actual se da el contrasentido de que un territorio se declara como
Parque Natural por sus valores ambientales y esa misma declaración
no sirve para preservar esos valores. Al contrario, puede actuar
negativamente.
El territorio de
El Valle del Genal se conserva bien por que ha estado olvidado por
la administración y por el gran público; olvido, en este caso, es
similar a conservación pero la fiebre especulativa y la expansión de
la Costa del Sol llega a todos los rincones de la provincia de
Málaga, el Genal ya ha sido descubierto, como casi todos los
paraisos y no podemos aspirar a mantenerlo oculto.
El principal
problema del Genal en breve será la especulación urbanística, por lo
tanto pronto empezará a ser una pieza codiciada de esa gran urbe que
es la Costa del Sol que se ha quedado sin espacios naturales bien
conservados y a la que le sobra asfalto y falsos espacios verdes
como son los Campos de Golf.
La estructura
urbana del Genal a base de muchos pueblos pequeños me recuerda a la
de los pueblos que forman parte del Parque Natural Sierra de
Grazalema; allí, sin duda, el principal problema con el que se
enfrenta el Parque es la especulación y el urbanismo devorador de
suelo rústico. Pueblos como Ubrique que disponen de mucho dinero y
que carecen de una zona de expansión para segunda vivienda lo que
genera parcelaciones ilegales como Tavizna, permisos para
construcciones de pequeñas cabañas para aperos de labranza que se
transforman en chales de lujo o pequeños cortijos en el campo que
acaban siendo hoteles rurales, con la alberca transformada en
piscina olimpica, los manatiales de los vecinos agotados por
perforaciones para abastecer de agua y los arroyos de los
alrededores contaminados por aguas residuales procedentes del hotel,
son algunos de los problemas urbanísticos existentes en la zona. En
la mayoria de los casos los permisos obtenidos de Medio Ambiente
nada tienen que ver con las posteriores construcciones y las
irregularidades, cuando se detectan y se denuncian, pueden terminar
en recursos y contenciosos inacabables o simplemente en multas que
bendicen la especulacion cometida.
Existen muchas
artimañas legales que permiten a cualquier corporación municipal
tomar inicitivas que pueden llevar deterioros ambientales graves;
una de ellas destaca especialmente, se trata de una figura legal que
es la declaración como Bien de Interés Público y Social de una
actividad o una construcción, una estratagema que permite que
cualquier alcalde de cualquier pueblo trás conseguir un acuerdo
plenario de su ayuntamiento presentar el proyecto a la Comisión
Provincial de Urbanismo que habitaualmente lo aprueba, lo que
permite hacer al alcalde de turno cualquier barbaridad ambiental o
urbanistica, dentro del territorio del Parque, sin que éste tenga
la posibilidad de impedirlo.
Si el Director del
Parque Natural tiene sensibilidad hacia ese tema que nos sirve de
ejemplo o tiene un técnico que se interese por la cuestión
urbanística puede iniciar un procedimiento que puede retrasar la
ejecución pero no impedirlo radicalmente si cuenta con el visto
bueno de la Comisión Provincial que hemos citado, y ¡ya se encargará
el alcalde de conseguirlo!. Si, además, el alcalde de turno tiene la
Junta Rectora del Parque a favor el retraso es mucho menor.
Pongamos un
ejemplo cercano con mucho impacto ambiental, con el procedimiento
que he citado anteriormente se contruyó en el Puerto de Los
Alamillos, en pleno parque natural de Grazalema, en medio de un
alcornocal, con un impacto ambiental, paisajístico y visual
evidente, un enorme edificio para un presunto uso social pero que
actualmente es un hotel de lujo.
Algunos otros
ejemplos de actividades que deterioran sin duda el Parque Natural y
que son imposibles de eliminar con la figura actual de protección
son los siguientes: Por las carreteras que discurren por el Parque
Natural de Grazalema, y sin pedir permiso ni siquiera a la dirección
del parque se hace cada año una carrera denominada Rally Sierra de
Cádiz, esa carrera de coches tiene subvenciones de la Mancomunidad
de Municipios, de Diputación de Cádiz y otros organismos; otro
ejemplo, se construyó un embalse en lo alto del pueblo de Grazalema,
se busca así almacenar más agua para facilitar el crecimiento
urbanístico especulativo del pueblo; en Villaluenga tenemos que las
aguas residuales del pueblo, los purines de una granja de cerdos y
residuos de una quesería son vertidos a la Sima de Villaluenga sin
que se vislumbre soluciones a este problema.
Una cuestión
importante que no debemos olvidar es que un Parque Natural en el
Genal englobaría muchos pequeños pueblos en su territorio, podría
darse el caso como en Villaluenga, Monejaque, Grazalema, Ubrique,
Benaojan, o Benaocaz que el parque comienza cuando termina la última
casa de pueblo lo que lleva graves problemas en los servicios
municipales, por ejemplo si se quiere hacer un cementerio nuevo como
en Montejaque tiene que hacerse es en terrenos de dominio del
parque. Pongamos un caso hipotético, si en un cortijo a 500 metros
del pueblo quiere hacerse un pequeño hotel rural tendría graves
problemas por ser territorio de parque, imaginemos que dos
propietarios quieren obtener un sólo permiso, si a unos se les
permite y a otros no ¿Qué criterios tendrían los gestores del parque
para no establecer agravios compartivos entre los particulares?
Otro de las
grandes asignaturas pendientes en los Parques Naturales son el
desarrollo de los Planes de Uso Público ya que la especulación y las
presiones de los Ayuntamientos tienden a que no se aprueben y sin
esos Planes de Uso Público no existe una regulación eficaz de los
territorios del Parque.
No nos engañemos,
existen reticencias importantes por parte de las personas que viven
trabajan y son pripietarios de terrenos en los parques, por parte de
los vecinos los Parque Naturales son considerados como un problema
más en lugar de ser considerados como una forma de obtener recursos
o información.
La administración
medio ambiental debería estar al margen de las luchas políticas,
sólo asi se garantizaría la importancia y la independencia que la
gestión del medio ambiente es necesario darle.
Como conclusión
podria decir que si la administración medioambiental esta dispuesta
a asumir las competencias urbanísticas con todas sus consecuencias e
implicarse sin presiones de tipo político yo sería partidario de la
declaración del Genal como Parque Natural, pero si la administración
medioambiental no asume sus competencias en materia urbanística como
ocurre en casi todos los Parques Naturales andaluces excepto
Grazalema y algún otro, radicalmente me decanto por el NO a la
declaración como Parque Natural ya que en ese caso la figura de
Parque Natural sólo serviria como reclamo para atraer inversiones
especulativas al territorio, además de generar una gran frustación
en colectivos y personas sensibilizados con el Medio Ambiente y
comprueban como las expectativas generadas por los Parques naturales
no se cumplen.
Otra propuesta es
que si la estructura actual de protección llamada Parque Natural
tiene sus deficiencias como es evidente podriamos aspirar a su
superación y no a añadir otro motivo más de frustración y conflicto
como sería un nuevo Parque Natural en el Genal, quizás la forma
ideal de protección fuera una figura europea dentro de la Red Natura
2000, así las presiones políticas de los alcaldes están más lejos.

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