Turismo rural y cultural en el Valle del Genal - Serrania de Ronda

Valle del Genal, ¿Parque Natural?

Jornadas de Conferencias y Debate sobre los pros y contras de declarar el Valle del Genal "Parque Natural", celebradas en Júzcar el 19 de octubre de 2002 - Publicado en el número 19 de la revista La Serranía

Ponente

Cargo

Postura

Entrar

José Manuel Dorado Rueda

Coordinador de las Jornadas
Director de la revista La Serranía

Moderador 

José Montes Rincón 

Agente de Medio Ambiente 

Neutral 

Juan Luis Muñoz Roldán 

Director Oficina Comarcal Agraria de Ronda

Neutral 

Andrés V. Pérez Latorre 

Grupo de Trabajo Valle del Genal
Profesor de la Universidad de Málaga 

A Favor 

Alejandro Moreno Sánchez 

Secretario de Silvema-Serranía de Ronda 

A Favor 

Rafael Flores Domínguez 

Presidente de la Asociación Senderista Pasos Largos
Representante de Ecologistas en Acción durante 8 años en la Junta Rectora del Parque Natural Sierra de las Nieves

En Contra 

Andrés Rguez. Glez. 

Director-Conservador del Parque Natural Sierra de Grazalema desde junio de 1998 hasta finales de 1999

En Contra 


Introducción
José Manuel Dorado Rueda
(Coordinador de las Jornadas y Director de la revista La Serranía) 


El pasado 19 de octubre de 2002 celebramos en los salones del Hotel Rural La Posada del Arriero de Júzcar unas Jornadas de Conferencias y Debate con la idea de dar un poco de luz al tema más de actualidad y que posiblemente más preocupaba a los habitantes de los 15 pueblos del Valle del Genal. Decidimos titularlas: "Valle del Genal, ¿Parque Natural?" y para la celebración de las mismas contamos con seis magníficas ponencias a cargo de Rafael Flores Domínguez, Miembro de la Junta Rectora del Parque Natural Sierra de las Nieves durante 8 años; Alejandro Moreno Sánchez, representante de Silvema Serranía de Ronda-Ecologistas en Acción y José Montes Rincón, Coordinador de Medio Ambiente en la zona del Genal. Tras un breve descanso que aprovechamos para saludar a las más de 100 personas de los distintos puntos del Genal y de la Comarca que asistieron al encuentro, proseguimos con la segunda tanda de conferencias, estando éstas a cargo de Andrés Rodríguez González, Director-Conservador del Parque Natural Sierra de Grazalema en 1999; Juan Luis Muñoz Roldán, director de la OCA de Ronda y Andrés Vicente Pérez Latorre, profesor de la UMA, en representación del Grupo de Trabajo Valle del Genal.

    Tras estas seis magníficas ponencias, que dejaron un buen sabor de boca entre todos los asistentes por su calidad y claridad, nos dispusimos a almorzar en el restaurante de La Posada del Arriero. La comida sirvió de excusa para comenzar el debate entre los distintos grupos sentados a la mesa. Sobre las 4:30 nos trasladamos de nuevo al salón de conferencias para iniciar el debate que contó con una gran participación y en el que cabe destacar, entre otras, la intervención de Paco Puche, que arrancó con sus palabras un cálido aplauso de todos los presentes.

    Tras poner fin al debate, nos trasladamos a la Real Fábrica de Hojalata de Júzcar, donde Daniel del Río y Enrique Ruiz nos guiaron por tan magnífico monumento y nos mostraron uno de los rincones más hermosos del Genal.

    Con la celebración de estas Jornadas hemos pretendido dar un poco de luz a los pros y contras de la declaración del Valle del Genal como Parque Natural. No hemos pretendido convencer a nadie de nada, tan sólo informar para que libremente cada cual se cree su propia opinión.

    Lo ideal sería que las distintas administraciones: Ayuntamientos, Diputación, Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, CEDER, etc. organizaran Jornadas similares en cada uno de los pueblos para que la información llegue a todos los rincones del Genal. Nosotros, por nuestra parte, hemos procurado darle la mayor difusión que hemos podido, dentro de nuestros limitados medios.

    Agradecer su colaboración desinteresada a Alejandro, Rafa, Juan Luis, Pepe, Andrés, Andrés Vicente, Daniel, Enrique y a la Posada del Arriero, a todos los que participaron con su presencia y a las asociaciones que colaboraron en la organización: Pasoslargos, Silvema, Grupo de Trabajo Valle del Genal y Revista La Serranía. Todos queremos lo mejor para el Genal, que se conserve, al menos, como lo ha hecho hasta ahora. Trabajemos por ello.

 

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Valle del Genal, ¿Parque Natural?
José Montes Rincón
(Agente de Medio Ambiente en la Serranía de Ronda) 

El presente artículo se hace desde la experiencia del autor que en su faceta laboral trabaja como Coordinador de Agentes de Medio Ambiente de la Consejería del mismo nombre. Y como para mucha gente esto no les sonará creo que seguro que lo de "Guarda Forestal" les será mas familiar.

En mi experiencia laboral he tenido varias facetas que me hacen tener una amplia óptica del tema de los Parque Naturales ya que trabajé durante ocho años en la zona malagueña del Parque Natural "Sierra de Grazalema" (Montejaque, Benaoján, Ronda) y ahora llevo cinco como coordinador en el valle del "Genal".

Antes de empezar hay que dejar muy claro un hecho indiscutible: EL VALLE DEL GENAL TIENE LOS MISMOS VALORES O MÁS QUE MUCHOS DE LOS ESPACIOS QUE HAN SIDO DECLARADOS PARQUE NATURAL EN ANDALUCÍA O EN OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS".

Dicho esto paso a exponer lo que considero deben saber los habitantes de esta comarca que pudiera ser declarada en el futuro como Parque Natural. Lo hago desde la experiencia en el trato con muchas personas en mi ámbito profesional pero tratando el tema desde un punto de vista personal, o sea, que nada tiene que ver con la intención u opinión que tenga la Consejería de Medio Ambiente y sus dirigentes.

Una de las características principales del Valle es que la mayor parte de las aproximadamente 49.300 hectáreas que ocupa tiene la consideración de forestal. Solo un 20 % de su superficie (9.963 hectáreas) son tierras de cultivo  . Otra característica es que este terreno forestal es en su mayoría monte de propiedad de particulares. Solo unas diez mil hectáreas son montes públicos, es decir, propiedad de los Ayuntamientos o de la Junta de Andalucía.

En este contexto de montes de particulares y en la mayoría de los casos de poca superficie (minifundios) es donde se va a producir la relación de los propietarios con el Parque Natural. Pero en este mismo contexto hay que decir que muchas cosas no cambiarían, y esto es muy importante saberlo ya que hay mucha confusión, quizás por falta de información.

ALGUNAS COSAS QUE NO CAMBIARÍAN O QUE CAMBIARIAN POCO CON LA DECLARACIÓN DE PARQUE NATURAL

 En este punto hay que tener en cuenta que la mayoría de la actual y vigente legislación medioambiental y de gestión del medio natural es muy nueva, es decir, ha entrado en vigor muy recientemente. De esta forma tenemos la Ley Forestal que es de 1.992 y su reglamento que es de 1.997. La Ley de Incendios Forestales es de 1.999 y su Reglamento de 2.001. El Reglamento de Ordenación de la Caza es de 2.001 y el de Vías Pecuarias de 1.998. Y así el resto de la legislación que afecta a la naturaleza.

 Toda esta normativa regula todas las actividades en el monte de una manera exigente y actual y que básicamente somete toda actuación a un régimen de autorizaciones. Dicho de otra manera "para hacer cualquier cosa en el campo hay que pedir permiso" que así es como lo dice el personal. Y esto es ahora que no es parque natural y así seguiría si lo fuese como veremos al hacer un repaso de distintas actuaciones y actividades.

- Desbroces, podas, cortas, entresacas.
Estas actividades son muy comunes en toda la comarca y que en caso de declaración como parque habría que seguir solicitando cada vez que se quisiera hacer tal y como en la actualidad. Como dato citar que en el año 2.001 se tramitaron en la oficina comarcal de Ronda 581 expedientes. El condicionado para la ejecución apenas sufriría cambios.
Por tanto, el que hace la limpia y poda de sus castaños, el que roza su monte, el que corta los pinos que estorban a los alcornoques, el que entresaca los pinos para vender la madera y dejar los mejores, lo podrá seguir haciendo como hasta ahora: solicitando y ejecutándolo con las condiciones que vienen en el permiso.

- Planes de Prevención y otras actuaciones derivadas de los Incendios Forestales.
Las actuaciones de prevención de incendios serán iguales y poca diferencia traería la declaración del parque. En la actualidad la normativa es de pocos meses y obliga a todos los propietarios de terrenos forestales a realizar planes de prevención de incendios y a acometer las actuaciones (cortafuegos, fajas auxiliares, puntos de agua, etc.) que en ellos se contemplan. Además por todos son conocidas las limitaciones actuales en cuanto a la quema de residuos que se condiciona los días y horas de manera dificultosa para los propietarios.

- Cambios de uso.
Los cambios de uso consisten en modificar las características de la vegetación que existe. Pueden ser cambiar un terreno forestal a agrícola, en cuyo caso la normativa actual es muy exigente y sin ser parque en la actualidad sería muy difícil que se autorizara como ya ha ocurrido en algún caso cuando se ha querido implantar una viña en terrenos forestales.
Otra posibilidad es cambiar los usos de forestal (por ejemplo pinar) a forestal (por ejemplo castañar). Esta actuación también está sometida a solicitud en la actualidad y su posible autorización llevaría un condicionado exigente que regularía actuaciones tales como laboreos del suelo en fuertes pendientes ya que en la actualidad los nuevos castañares se están introduciendo en los lugares menos apropiados y con mas pendientes y el consiguiente riesgo de erosión.

- Repoblaciones.
En esta actividad, la creación de la figura del parque podría plantear que puedan ser cuestionadas las especies (prohibición expresa de introducción de especies no autóctonas) y los trabajos de preparación del terreno (terrazas).

- Infraestructura Viaria (Arreglos de caminos, carriles, etc.,)
En la actualidad se tramitan mediante una solicitud que se suele autorizar previo informe. En el caso que fuera parque algunas de estas actuaciones se someterían al tratamiento como una obra (Licencia Municipal) y que mas adelante se tratará este tema. Por otro lado, ya esta contemplado que si se trata de carriles de nueva apertura con una cierta longitud y pendientes, en la actualidad es necesaria someterse a Informe Ambiental derivado de la Ley de Protección Ambiental.

- Caza y pesca.
Para la caza hay que informar que hay mucha normativa nueva (finales del año 2001) y que ya está regulada mediante Planes Técnicos, Orden de Vedas, etc. Por tal motivo, la creación del parque no afecta en absoluto a la forma en la que se desarrolla en la actualidad: se podrán seguir haciendo cotos, se podrá seguir cazando las especies de las que exista caza, se podrán hacer sueltas, etc., y las únicas condiciones serán las que actualmente existen: tener licencia de caza, tener dado el coto de alta y con su plan técnico en vigor, tener autorizadas con antelación las sueltas, etc.
En cuanto a la pesca pocas novedades ya que tenemos el río con el Coto y Vedado en la parte alta que seguiría sometido a mismo régimen que en la actualidad.

- Acampadas.
Tal y como en la actualidad las acampadas están prohibidas y solo se pueden hacer en los lugares acondicionados para ello. La única novedad que podría venir con un parque es que el fomento del uso público que se suele hacer aumente y/o mejore las zonas de acampadas y adecuaciones recreativas.

- Vías Pecuarias.
Las vías pecuarias tienen el mismo tratamiento con o sin parque y su normativa, del año 1.995 y 1.998, es muy exigente. El problema en todos los caso es que faltan actuaciones de deslinde y amojonamiento. Como ya se ha comentado antes, el parque conlleva un fomento del uso público y por tanto, uso de las cañadas, veredas y cordeles. Ahora bien, sin ser parque, en estos meses se van a deslindar todas las vías pecuarias que forman el corredor desde Ronda al Campo de Gibraltar que afecta a Ronda, Benaoján, Jimera de Libar, Benadalid, Benalauría, Benarrabá y Gaucín.

ACTUACIONES AGRICOLAS
 Sobre esta actividad ya se ha mencionado que es un pequeño porcentaje el que se lleva a cabo y a veces estas zonas están en la vertiente del Guadiaro de los municipios que tienen su casco urbano en la vertiente del Genal (Algatocín, Benalauría, Benadalid y otros). En muchos municipios prácticamente es inexistente la agricultura y en cualquier caso de pequeña importancia (naranjos, huertos, olivares, almendros, etc.). Estas actividades no se verían alteradas con un parque y podrían seguir desarrollándose como se viene haciendo hasta ahora.

ACTIVIDAD GANADERA
 En este caso tampoco nos encontraríamos grandes diferencias con un parque ya la esta actividad se podría seguir desarrollando de forma extensiva como se hace en la actualidad. Solo en algún monte público con excesiva carga ganadera habría que tomar medidas que ya se está estudiando en colaboración con el ayuntamiento y los propios ganaderos.
Las nuevas explotaciones intensivas (ganado en estabulación permanente, granjas) ya están reguladas en la Ley Protección Ambiental y estarían sometidas a dicha normativa.
 

ALGUNAS NOVEDADES QUE CONLLEVARÍAN LA DECLARACIÓN DE PARQUE NATURAL

- Criterio preferente en ayudas
En todas las ayudas el hecho de estar dentro de un espacio natural protegido hace que la solicitud de ayuda sea preferente con relación a donde no lo sea.

- Sometimiento a Informe Ambiental de mayor numero de actividades.
El Informe Ambiental es un procedimiento de prevención ambiental donde se valora de forma anticipada y adecuadamente los efectos ambientales de distintas actividades obligando a las medidas de protección que se estimen o pudiendo informar negativamente la ejecución de tal actividad.
La declaración de Parque Natural conlleva que mas actividades estén sometidas a Informe Ambiental siempre que se desarrollen en suelo no urbanizable. Por ejemplo una industria de la transformación de la madera, un taller, una almacén, una estación de servicio de gasolina, etc.

- Protección de avifauna en Líneas de Alta Tensión.
Existe una normativa especifica para los espacios naturales protegidos en la instalación de nuevas líneas cuyo objetivo es proteger las aves de accidentes de choque o electrocución. Hay que señalar, sin embargo, que las medidas de protección se están implantando de forma general en todas las nuevas instalaciones en cualquier tipo de terreno ya que muchas líneas están sometidas a Informe Ambiental o Evaluación de Impacto Ambiental

- Preferencia de investigadores y universidades a trabajar en Parques.
La Declaración de Parque suele atraer la atención de distintos investigadores de universidades y otros centros de investigación que suelen desarrollar diversos proyectos sobre valores del propio parque y que siempre son de interés.

- Derecho de tanteo y retracto
Estos derechos vienen significar que cualquier finca, sea de la extensión que sea debe ser ofrecida a la Consejería de Medio Ambiente antes de ser trasmitida. Si no se ofrece el Registrador lo notificara y la finca podrá ser adquirida por el precio que conste en las escrituras.

- Servidumbre forzosa de instalación de señales
Los terrenos incluidos dentro de  los límites de un espacio natural protegido estarán sujetos a servidumbre forzosa de instalación de las señales que los identifiquen dando lugar a la correspondiente indemnización.

- Elaboración previa del P.O.R.N.
Los Planes de Ordenación de Recursos Naturales (P.O.R.N.) tienen la finalidad de adecuar la gestión estos recursos garantizando el mantenimiento de los procesos ecológicos, la preservación de la diversidad genética, el uso ordenado y la preservación de la variedad, singularidad y belleza de los ecosistemas. De acuerdo a la legislación forestal (Ley Forestal 2/92) " ...el Consejo de Gobierno acordará la elaboración de P.O.R.N. en los terrenos forestales...". Sin embargo, la declaración de Parque Natural obliga a que previamente esté elaborado este Plan que viene a ser, junto con el Plan Rector de Uso y Gestión, la "Ley del Parque".
Es posible que en la regulación contenida en estos planes, en los que debe haber la máxima participación en su elaboración, existan algunas limitaciones especificas para zonas o actividades y que pudieran condicionar, prohibir o regular distintas actuaciones.

- Régimen sancionador mas severo
En el caso de infracciones dentro de un Parque Natural en materia de caza y pesca las multa son mayores a la que la propia norma especifica establece. Así mismo, la propia legislación de Parques Naturales establece multas que van desde los 60,10 euros (infracciones leves) hasta los 300.506,05 euros (infracciones muy graves).

- Recolección de especies
La recolección de especies ya esta regulada por una Orden del año 1.997 donde se señala como es el régimen de autorización y las especies a las que afecta. Esta normativa es para todo los espacios si bien en los Parques Naturales la normativa es mas rigurosa y exigente lo que se suele plasmar en los P.O.R.N.
Hay que tener en cuenta que hay especies que están protegidas y que no pueden ser recolectadas, ni perturbadas y que su protección no es por el terreno en el que están sino por la especie en sí misma. Recordar el caso del pastor de Sierra Nevada aunque hay que indicar que la noticia fue "distorsionada" y que en este caso este señor sabía y estaba previamente advertido que estaba recolectando una especie protegida.

- Impulso económico
La declaración de Parque Natural, tal y como se ha comprobado en otras zonas, trae consigo un impulso económico derivado de una promoción de la comarca, sobre todo desde el punto de vista turístico. Esto trae también una serie de inconvenientes que pueden llegar a alterar los propios valores del espacio.
Cabe señalar el fomento de los productos elaborados o producidos en el Parque. De hecho, hoy en día la Consejería de Medio Ambiente esta impulsando la marca "PARQUE NATURAL" como promoción.
Así mismo, un Parque Natural y su área de influencia debería traer consigo una mejora de las comunicaciones, infraestructuras, de los niveles de servicio, de los equipamientos, de la vivienda rural, etc. pero muchas veces esto no ocurre pese a que se contempla en la legislación para establecer ayudas técnicas y financieras.

- NORMATIVA URBANÍSTICA
Es en este punto donde los habitantes del parque "notan" más la declaración de un territorio como Parque Natural. Y es que a partir de ese momento se empiezan a controlar las actuaciones urbanísticas por parte de la Consejería,  normalmente, a través de los Agentes de Medio Ambiente.

Cualquier tipo de obra que se realice dentro del Parque, ya sea un gallinero, una casa de aperos, una vivienda, una alambrada, un pozo, un carril, una piscina, un aljibe, etc., etc. requerirá la obtención de la licencia de obras. El particular debe solicitarla y el ayuntamiento debe remitir el expediente a la Consejería (no a la Junta Rectora como aparecía por error en un artículo anterior) que evacuará informe que es vinculante, es decir, que si es negativo no se podrá dar licencia para lo solicitado o tendrá que cumplir las condiciones que se indiquen.

Realmente, la licencia de obras es exigible siempre, lo que ocurre es que en la actualidad, sin ser parque, la administración competente, la local, no tiene posibilidades de controlar estos temas en muchas ocasiones y, por tanto, se suele hacer gran cantidad de pequeñas y medianas obras sin la licencia. Con la declaración de Parque los Agentes de Medio Ambiente "amplían" sus funciones y se convierten además en una especie de "Patrulla Urbanística" que vigila y controla cualquier obra fuera del casco urbano o del terreno urbanizable. Cuando empiezan las quejas de los ciudadanos que no están acostumbrados a pedir licencia para este tipo de obras suele ocurrir que por un lado las autoridades responsables, lo que se conoce como órgano sustantivo, "responsabilizan" a los de "Medio Ambiente" y en el fondo se sienten aliviados al tener una vigilancia de las obras en el campo que además les supone recaudar más con el Impuesto de Construcciones.

Esto, que es un inconveniente para muchos, es interpretado como una garantía para otros ya que se controla el desarrollo urbanístico que es una de las amenazas de cualquier zona. Además de la vigilancia sobre las obras hay que indicar que existe un importante control sobre normas urbanísticas ya que la modificación de la clasificación del suelo no urbanizable (Normas Subsidiarias, PGOU) requerirá el Informe favorable que deberá ajustarse al PRUG. Además, los Planes Rectores prevalecen sobre normas urbanísticas. Por último, en este punto, es importante conocer lo que dice el Art. 13 de la "Ley 2/89 que aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección" que señala lo siguiente: "Toda nueva actuación en suelo no urbanizable que se quiera llevar a cabo en el Parque Natural, deberá ser autorizada por la Consejería de Medio Ambiente"

Como finalización de este artículo, supongo o al menos este es mi deseo, que se tenga mas información de lo que puede representar un Parque Natural. Toda esta información puede tener una doble lectura:
Habrá quien diga que si un Parque Natural no trae consigo tantas novedades ni tantas prohibiciones como se creía y si algunas ventajas, será mejor que se declare Parque Natural.
Por otro lado estarán los que aleguen que si ya hay suficiente legislación que protege los recursos naturales y los valores del Valle, para que necesitamos el Parque. Que se cumpla toda la legislación: la medio ambiental, la de especies protegidas, la forestal (incluida la elaboración del P.O.R.N.) y la urbanística y con ello estaremos suficientemente protegidos.

En cualquier caso, Europa llama a las puertas del Valle. Cuando Europa protege una zona se llama ZEC (Zona de Especial Conservación) aunque la declaración la hace la Comunidad Autónoma. El primer paso se ha dado remitiendo la documentación para que se declare LIC (Lugar de Importancia Comunitaria). Cuando la Comisión Europea lo apruebe la Junta de Andalucía declarara ZEC gran parte del Valle. Lo que esto puede significará y las consecuencias será cuestión de otro artículo.

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Valle del Genal, ¿Parque Natural?
Perspectiva desde la Oficina Comarcal Agraria de Ronda
Juan Luis Muñoz Roldán

(Director de la Oficina Comarcal Agraria de Ronda) 

El pasado 19 de octubre de 2002 tuvo lugar en Júzcar una jornada dedicada a informar y debatir sobre la propuesta de declaración del Valle del Genal como Parque Natural. Con independencia del grado de protección ecológica que supondría tal figura jurídica, en particular contra la especulación de grandes capitales foráneos a través de urbanizaciones, presas, industria eólica, canteras, etc. como allí se dijo, se me ha pedido mi opinión respecto al sector agrario de esta subcomarca.

El Valle del Genal era una zona humanizada, agrícola y ganadera, cuyo territorio estaba ocupado por huertas, tanto en las vegas como en terrazas, viñedos, cultivos arbóreos y pastizales para el ganado, salvo las zonas mas altas y abruptas que eran forestales. Se han perdido algunos cultivos como la morea para la seda, el zumaque para las tenerías. Otros quedan como reminiscencia de lo que fue una importante actividad, caso del viñedo o la recolección del esparto. Pero el cambio espectacular en el paisaje de este jardín, como dice José A. Castillo que es todo el Valle, se produjo y se está produciendo desde hace varias décadas debido a la emigración y la pérdida de valor de los productos y las actividades tradicionales. Es un cambio hacia el abandono de fincas, de cultivos, de casas de campo, de molinos, de sistemas de riego, etc. De ahí que cuando uno se asoma al Valle desde cualquier pueblecito, desde alguna carretera que lo circunda, la impresión es la de un paisaje forestal, dominado por encinas, alcornoques, pinos, chopos y castaños.

Hay excepciones claro, sobre todo el castañar, cultivo en expansión tanto en la intensidad del manejo como en su superficie debido a que la castaña todavía mantiene un precio digno gracias a la presencia de algunas cooperativas. También se están instalando algunos jóvenes con ganaderías modernas.

Así pues, la inviabilidad de las pequeñas explotaciones y la falta de infraestructuras hacen que la agricultura en el Valle del Genal sea hoy día marginal y tenga, en general, malas perspectivas en el modelo convencional. Sin embargo, creo que la situación cambiará  a medida que más emprendedores rurales inviertan en explotaciones alternativas, combinen la agricultura ecológica con el turismo de naturaleza, a medida también que sean reconocidos algunos distintivos de calidad, como Denominación de Origen “Castaña Serranía de Ronda”. A partir del momento en que los emprendedores del Valle orienten sus producciones hacia la calidad, visto que en cantidad no pueden competir, exploten la imagen natural y la dimensión turística del Valle y la Serranía, y comercialicen sus alimentos bajo etiquetas de reconocido prestigio, la figura de Parque Natural será un valor añadido. Creo que si no se cambia da igual que el Valle sea o no Parque Natural para el sector agroalimentario; pero si este cambio, ya iniciado por algunos, se acepta y extiende, insisto en que el Parque Natural servirá para vender más y mejor los exquisitos alimentos producidos en el Valle.

Por otra parte, la reforma de la Política Agraria Común en que estamos inmersos de cara al 2.006 inclina la balanza de las ayudas hacia las zonas como el Valle: desfavorecidas, de pequeñas explotaciones, de agricultura compatible con la preservación medioambiental, de bajas rentas agrarias y con modelos de desarrollo rural. Por tanto, será una causa más no solo para dotación de infraestructuras, investigación o apoyo técnico, sino para ayudas agroambientales y medidas de acompañamiento que harán viables cultivos ahora abandonados como el olivar en pendiente o las frutas y las hortalizas, así como el establecimiento y mejora de las industrias agroalimentarias.

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Un Plan de Desarrollo Sostenible y de Ordenación Territorial para el Valle del Genal ¡Ya!
Andrés Vicente Pérez Latorre
(Grupo de Trabajo Valle del Genal) 
Júzcar, 19 de octubre de 2002, al inicio de la Primavera del Cobre
 
 

El Grupo de Trabajo Valle del Genal (constituido por representantes de residentes del Genal, asociaciones, sindicatos, partidos, profesores y particulares) lleva cerca de 10 años de aportaciones en la línea del desarrollo sostenible para el Valle y sus habitantes.

Tras conseguir que la opinión pública y las administraciones reconociesen el excepcional valor del Valle de del Genal, con el fruto de la paralización de la macropresa y del avance en las propuestas de Parque Natural y la declaración oficial de Lugar de Importancia Comunitaria, el frente se desplaza hacia el modelo de desarrollo urbanístico desaforado que, por desagracia, impera en todo el litoral malagueño y amenaza el interior. Frente a esta “plaga” sólo caben medidas de ordenación del territorio, colocando previamente cada proyecto en sus sitio correspondiente de modo que no afecte los valores medioambientales-sociales y genere riqueza para la mayoría de los habitantes a largo plazo. Estos planes de ordenación pueden venir de tres distintas fuentes:

a/ El Valle del Genal es Lugar de importancia Comunitaria (a nivel europeo) por lo que hay que exigir a las administraciones central, autonómica y europea, fondos y regulación al respecto, ya que esta directiva ya está  en vigor.

b/ Otra de las posibilidades es un Plan de Ordenación del Territorio Subregional, que debe ser planteado cuanto antes a la Administración Autonómica.

c/ Finalmente, la figura de Parque Natural Andaluz prevé también figuras de ordenación (PORN = Plan de Ordenación de Recursos Natrales y PRUG = Plan Rector de Uso y Gestión), que, con fondos y personal apropiados, serían suficientes para asegurar el desarrollo sostenible del Valle y obtener el reconocimiento deseado.

A continuación se presentan datos informativos dirigidos sobre todo a los habitantes del Genal, que son los que tendrán que pensar como colectivo comarcal para evitar que los valores del Valle degeneren irreversiblemente o que instancias superiores o “de fuera” tengan que, finalmente, poner “orden”.
 

I. El AGRAVIO COMPARATIVO del GENAL
 

Serie

PN Alcornocales

PN Grazalema

PN Sierra Nieves

Valle del Genal

acebuchales

X

X

-

X

quejigares morunos

X

X

-

X

alcornocales

X

X

X

X

encinares termo

X

X

X

X

encinares meso

-

X

X

X

encinares supra

-

-

X

X

quejigares con arces

-

X

X

-

algarrobales

X

X

X

(X)

pinsapares calcícolas

-

X

X

-

pinsapares serpentinícolas

-

-

X

X

pinares serpentinícolas

-

-

X

X

sabinares termo

-

X

X

X

sabinares meso-supra

-

-

X

-

enebrales oro

-

X

X

-

alisedas y ojaranzales

X

-

-

X

choperas

X

X

-

X

fresnedas

X

X

X

-

saucedas

X

X

X

X

adelfares

X

X

X

X

TOTALES 

10

13

15

14

Tabla 1. Principales ecosistemas presentes en los Espacios Naturales de la Serranía de Ronda.
 
 
 

Elem. Pais.

PN Alcornocales

PN Grazalema

PN Sierra Nieves

Valle Genal

alcornocales

X

X

X

X

castañares

-

-

-

X

pinares (negral)

-

-

X

X

riberas

X

X

X

X

quejigales

X

X

X

X

encinares

-

X

X

X

pinares (P.radiata)

X

-

-

X

pinsapares

-

X

X

X

cultivos arbóreos

-

X

X

X

matorrales

X

X

X

X

roquedos

X

X

X

X

TOTALES

6

8

 9

 11

Tabla 2. Unidades paisajísticas presentes en el Valle del Genal y presencia/ausencia en los Espacios Naturales de la Serranía de Ronda.

II. ¿QUÉ SON LOS ESPACIOS NATURALES?

· Territorios que forman parte del Medio Ambiente Natural
· Recursos Naturales destacables (geología, flora, fauna, ecosistemas…)
· Paisajes privilegiados
· Intervención humana armónica

III. ¿POR QUÉ SE PROTEGEN?

· Origen: siglo XIX, minorías socialmente avanzadas
· valores estéticos
· valores recreativos
· Actualidad: siglo XXI, mayoritaria aceptación y disfrute social
· Conservación de la Biodiversidad
· Desarrollo Sostenible

IV. TIPOS DE ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS

Ámbito
· Autonómicos (Andalucía)
· Estatales (España)
· Europeos (Unión Europea)
· Mundiales (Naciones Unidas, UNESCO)
Autonómicos
· Parques Naturales:
· Gran extensión
· Diversidad de valores (flora, fauna, gea)
· Población + actividades tradicionales
· Consejería de Medio Ambiente

Parajes Naturales
· Menor extensión
· Sobresale un valor
· Sin población
· Consejería M.A. + Patronato M. A. provincial

Reservas Naturales
· Pequeña extensión (lagunas)
· Sobresale valor faunístico
· Consejería de M. A. + Patronato M. A. provincial

Parques Periurbanos
· Pequeña extensión
· Sobresale valor recreativo-cultural ligado a la Naturaleza
· Ayuntamiento

Monumentos Naturales
· Un individuo natural sobresaliente (árbol, formación geológica, etc.)
· Ayuntamiento + Consejería de M. A.

Estatales
· Parque Nacional: ¿Sierra Bermeja?
· Un tipo de ecosistema español
· Ecosistemas casi primigenios
· Administración Estatal + Autonómica

Europeos (Unión Europea)
· Zona de Importancia Comunitaria
· Red Natura 2000 Europea
· Actualidad: propuesta de Lugares de Importancia Comunitaria
· Administración: Europea + Estatal + Autonómica

Mundiales (Naciones Unidas, UNESCO)
· Reserva de la Biosfera
· ecosistemas mundiales con presencia humana integrada
· sin presupuesto
· sin legislación
· etiqueta de calidad ambiental

V. ESPACIOS PROTEGIDOS DEL VALLE DEL GENAL
Paraje Natural de Los Reales de Sierra Bermeja
· mayores masas ígneas de peridotitas de Europa Occidental
· único bosque de pinsapos sobre este tipo de rocas
· endemismos exclusivos de Málaga y protegidos
· Magníficos pinares negrales endémicos (Pinus pinaster)
· Problemática: incendios, sobrepastoreo, instalaciones radioeléctricas (antenas)

Paraje Natural de Sierra Crestellina
· inmensa roca caliza aislada
· gran colonia de buitres leonados (Gyps fulvus)
· especies vegetales rupícolas como Rupicapnos africana
· Problemática: incendios, presión urbanística.

Lugar de Importancia Comunitaria  Valle del río Genal
· intacto su paisaje desde hace unos 500 años
· diversidad de paisajes es monumental
· bosques de castaños
· bosques de ribera en franca regeneración
· montañas bermejas de peridotitas
· uno de los mejores alcornocales (Quercus suber) con quejigos (Quercus canariensis, Q. broteroi) de la Península (Monte del Duque)

Lugar de Importancia Comunitaria  Sierras Bermeja y Blanca
· enorme riqueza de endemismos botánicos (Centaurea lainzii, Genista haenseleri)
· acosados por la masiva urbanización litoral

VI. PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL PARQUE NATURAL
[Fuente: (Junta de Castilla y León, Guía informativa ¿Qué es un espacio natural protegido?). Respuestas adaptadas a Andalucía en lo posible]

¿Quién administraría un futuro Parque Natural del Valle del Genal?
La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía = Director Conservador (gestor), PORN, PRUG, PDI, PDS, Junta Rectora).

¿Estarían representados los ayuntamientos en la gestión del Espacio Protegido?
Sí, en la Junta Rectora

¿Qué beneficios podría dar la declaración de Parque Natural a sus habitantes?
Crear infraestructuras y niveles de servicios adecuados
Potenciar actividades tradicionales compatibles con los valores ambientales
Integrar los habitantes en las actividades que tengan que ver con la conservación del Parque
Rehabilitar la vivienda rural y conserva el patrimonio arquitectónico tradicional
Estimular las actividades culturales, científicas, recreativas.
Compensar las limitaciones establecidas y posibilitar el desarrollo socioeconómico.

¿El ser Parque Natural supondrá un aumento de la actividad turística?
Sí, de turismo rural y de naturaleza, del que se procurará s dispersión sobre todo en las zonas peor dotadas. Permitirá mejorar construcciones, consumir productos de la zona, y generar nuevos puestos de trabajo.

¿Se favorecerían los aprovechamientos agrícolas y ganaderos?
Existirán restricciones, dependiendo de cómo afecten a los recursos naturales, se favorecerá los que mejoren los recursos naturales.

¿Quiénes ocuparían los puestos de trabajo que se generen?
Los esfuerzos irán encaminados a que sean ocupados por la población residente.

¿Cuáles son algunas de las limitaciones del Parque Natural?
· No hacer fuego salvo en lugares autorizados.
· Acampada libre fuera de los lugares señalizados
· Cualquiera daño a especies protegidas tanto de plantas como de animales (también fuera del Parque)
· Cualquier daño a los hábitat de la directiva 92/43 CEE del LIC Natura 2000
· Vertidos fuera de lugares autorizados

¿Afectaría al uso de productos químicos en agricultura?
Se considera suficiente la legislación ambiental correspondiente, pero se verán favorecidas las explotaciones de agricultura ecológica.

¿Por qué es necesario el control o cierre de algunos carriles?
Para preservar las áreas más importantes de flora, fauna y paisaje. Por supuesto no está prohibido el tránsito de personas. El acceso estará siempre garantizado a los propietarios que realicen actividades agro-silvo-pastorales tradicionales.

¿Qué limitaciones habría para a caza y la pesca?
Deberán respetar los valores y recurso naturales. Realizarán un Plan de Ordenación Cinegética que tratará de no hacer coincidir el periodo de caza con el de mayor afluencia de visitantes.

¿Se prohibiría construir en las zonas catalogadas legalmente como urbanizables?
En general, no, salvo contradicción con legislación sobre conservación (LIC, fauna y flora, etc.)

¿En que sentido se vería afectada la construcción de viviendas?
Se pretende revitalizar el tejido urbano existente y evitar urbanizar zonas con valor natural. No se permite la construcción de nuevos núcleos urbanos. Las modificaciones de edificios se harán siguiendo unas normas básicas paisajísticas acordes con el modelo tradicional de la zona.

¿Se podrían realizar construcciones de tipo agrícola, ganadero o forestal?
Si, menos en las zonas de reserva, y deben de guardar relación directa con el aprovechamiento de la zona.

¿Se necesitaría proyecto visado para realizar construcciones?
Igual que fuera del Parque Natural: Ayuntamiento y Comisión provincial de Urbanismo.

¿Podrían construirse nuevos carriles o modificarse los existentes?
Si, con autorización de la Administración del Parque. En unos casos serán sometidas a EIA. En zonas de Reserva  sólo se mantendrán las existentes que sean necesarias para la gestión del Medio Natural o Servicios Públicos.

¿Se expropiarían terrenos particulares para los usos del Parque Natural?
No. Se intentará llegar a acuerdos de compara con particulares de zonas de gran valor ecológico.

¿Se podrían plantar árboles frutales y cultivar huertos?
Sí, por supuesto. Sobre todo se ayudará a los que mantengan el paisaje y se hagan de modo tradicional.

¿Se podrían hacer desmontes para realizar plantaciones agrícolas?
En zonas de reserva y de uso limitado, no (además no suele haber actividad agrícola). En otras zonas bajo EIA y nunca sobre un hábitat o especie de la Directiva 92/43 o especies de flora y/o fauna protegidas por la Ley.

El ganado ¿tendría problemas para pastar?
El aprovechamiento racional de los pastos (capacidad de carga) será no sólo permitido sino además potenciado, así como sus zonas, sus infraestructuras, etc.

Los aprovechamientos tradicionales (abejas, hongos, corcho) ¿Se podrían seguir realizando?
Sí, por supuesto, por su valor etnológico, su valor económico y ser actividades que protegen los recursos naturales.

¿Se podría seguir cazando en el Parque?
Sí, siempre subordinada a la conservación de la fauna y flora silvestre. Los cotos deberán tener un Plan de Ordenación Cinegética con visto bueno de la Administración del Parque.

¿Qué actividades de uso público se verían afectadas?
Se dará prioridad a las de bajo impacto y primando las que beneficien más a la población local. Recurrirán autorización: pruebas deportivas (prohibidas en general las de vehículos motorizados salvo en zonas de uso intensivo), actividades científicas, actividades de medios de comunicación, etc.

¿Qué obligatoriedad tienen las normas del PORN?
Al ser Ley autonómica El PORN es de obligado acatamiento por todos los residentes en el Parque y por todos los visitantes.

VII. DIRECTIVA 92/43CEE = REAL DECRETO 1997/1995
Objetivo de la Directiva
Creación de una red de espacios protegidos a nivel de la Unión Europea (Natura 2000) con fines fundamentalmente conservacionistas en lo que respecta a los "hábitats" y especies de la Directiva.

¿Qué es un espacio protegido de Natura 2000?
Es una Zona de Especial Conservación (ZEC), designada por la UE de una lista de "favoritos" propuesta por los Estados y Autonomías, denominados LIC's (Lugares de Importancia Comunitaria).

¿Hay alguna ZEC designada en España?
NO, pero según la legislación Real Decreto, los LIC serían ya ZEC porque se han cumplido los plazos. En cualquier caso la Comisión Europea promueve el “Principio de Precaución”.

¿Hay algún LIC designado en España?
Si, pero no están aprobados por la Comisión Europea nada más que los correspondientes a Canarias.

¿Que tipo de protección tienen entonces los LIC's?
Los que obliga el artículo 6 de la Directiva debido a los plazos.

¿Todo el territorio de un LIC está protegido por la Directiva?
NO, sólo los hábitats y las especies de la Directiva.

¿Qué es un "hábitat"?
Es una comunidad vegetal definida y catalogada mediante la metodología fitosociológica (botánica).

¿Cuáles son las especies de la Directiva?
Una lista de especies vegetales y animales en peligro a nivel europeo.

¿Pueden ser afectados por un proyecto los hábitats o las especies de la Directiva?
Dentro de un LIC, NO pueden ser afectados*. Fuera de un LIC, SÍ, si no están protegidos por otra legislación.
(*salvo casos de Salud Humana y/o Seguridad Pública).

VIII. PLAN DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE ÁMBITO SUBREGIONAL

(Ley 1/1994 de 11 de Enero de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza)

Armonía en la distribución geográfica de las actividades y usos del suelo con:
· Las potencialidades del territorio
· La protección de la Naturaleza
· La protección del Patrimonio histórico-cultural
· El desarrollo económico sostenible
· Los POT tienen carácter vinculante para el planeamiento urbanístico general (art. 23)

En la identificación de áreas objeto del POT:
· Comarca del Campo de Gibraltar
· Doñana y Entorno
· Costa de Cádiz
· Sierra de Segura (se asemeja al Valle del Genal)

Quienes pueden proponer un POT:
· Corporaciones Locales afectadas (3/5 de los municipios afectados, 10 de los 15 con ½ de la población total)
· Consejería de Obras Públicas y Transportes

Quienes lo elaboran y supervisan:
· Participarán las Corporaciones Locales
· Comisión Provincial de Urbanismo
· Diputación Provincial

IX. DESARROLLO SOSTENIBLE: PRUEBA DE CERTIFICACIÓN

Condiciones del desarrollo sostenible para un área determinada (por este orden y a cumplir por un proyecto determinado):

Modo de uso: con el proyecto en la mano, ir respondiendo a las preguntas. Modificar el proyecto en el momento que no cumpla alguna de las premisas.

1. Ambientalmente sostenible
· ¿Afecta a algún recurso natural (geología, clima, flora, fauna, paisaje) de modo que no asegure su existencia para generaciones futuras?

2. Socio-culturallmente sostenible
· ¿Genera riqueza mayoritariamente para la población autóctona?
· ¿Mejora el patrimonio sociocultural autóctono?

3. Económicamente sostenible
· ¿Genera beneficios a medio y largo plazo a la población autóctona?
· ¿Parte considerable de los beneficios se reinvierten en el medio ambiente?

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Valle del Genal, ¿Parque Natural?
Argumentos en contra de la declaración
Rafael Flores Domínguez

(Presidente de la Asociación Senderista Pasos Largos y representante de Ecologistas en Acción durante 8 años en la Junta Rectora del Parque Natural Sierra de las Nieves) 

Ante tan expectante cabecera de artículo, quiero dejar muy claro lo siguiente: El Valle del Genal por su importancia ecológica y patrimonial sería digno merecedor de ser amparado bajo la figura de protección de parque natural (tal y como recoge la Ley de Espacios Protegidos de Andalucía), así lo demuestran estudios comparativos realizados con sus vecinos enclaves protegidos, donde en todos los casos: flora, fauna, etc., atesora mayor riqueza y diversidad.
Entonces, ¿por qué planteo “signos de interrogación” a esa figura de protección?

Mi escepticismo viene precedido de ocho años como representante de Ecologistas en Acción, en la junta rectora del parque natural Sierra de las Nieves; siendo la experiencia tediosa y frustrante a no poder más. Después de 13 años como espacio natural protegido por el gobierno andaluz, pocos son los logros dignos de mencionar y sí muchos los problemas latentes y no voy a ser tan ingenuo pensando que el hipotético parque natural del Valle del Genal será una excepción, siendo en tal caso, el último que se incorporaría a la red de espacios protegidos de Andalucía.

Para la actual administración medioambiental andaluza, los parques naturales son meros instrumentos estadísticos; gusta mucho eso de decir que tenemos tanto espacio protegido, “más que yo no sé cual región”; además, son un atractivo turístico mal aplicado y no les importa, por  poner un ejemplo,  que en sus campañas en el Canal de titularidad pública “Andalucía Turismo” se confunda a la cueva del Gato como paraje de Sierra de las Nieves o al pinsapar de la Cañada del Cuerno como integrante del vecino parque natural de la Sierra de Grazalema; para ellos es más importante gastar dinero en editar diez mil folletos repletos de errores que buscar soluciones a las plagas del pinsapar o realizar un censo de las aves nocturnas. Esa es la seriedad con que se toma la administración la gestión de sus espacios protegidos; mucho instalar carteles por todos lados, más de propagandear el pinsapar y después, en el caso de Sierra de las Nieves, cuando vienen las nevadas no controlan las avalanchas humanas o cuando llega el verano y ante la campaña de incendios, dejan al pinsapar “vendido” sin control en sus accesos y sin guardería al caer la tarde, hasta la mañana siguiente.

La gestión de un parque natural exige un mínimo de implicación de sus directores en el funcionamiento de usos y normas; la Junta de Andalucía no tiene ni recursos humanos, ni dinero, ni ganas, sobre todo ganas, de aplicar el PORN (Plan de Ordenación de Recursos Naturales) y PRUG (Plan Rector de Uso y Gestión); así lo demuestra que el parque natural de la Sierra de las Nieves después de tanto tiempo, no tenga aún aprobado un Plan de Uso Público, o que los alcaldes se desesperen solicitando un Gerente del Instituto de Fomento de Andalucía que asesore y dé forma a los proyectos de aprovechamiento de los recursos naturales propios, para propiciar, por fin y de una vez, el tan ansiado despegue económico y social de estos pueblos. Preguntadles a los vecinos de Yunquera, Tolox o El Burgo si están contentos con el parque natural, estoy seguro que la misma respuesta oiréis de los de Montejaque o Benaoján, pueblos éstos en otro de los parques naturales de la comarca.

Esa falta de recursos económicos y la incapacidad de la administración medioambiental está conduciendo a una privatización de las infraestructuras básicas en los parques naturales y a un uso ajeno a lo contemplado en la legislación, caso claro es el del cortijo de Quejigales en Sierra de las Nieves, que de refugio público y zona de acampada ha pasado a ser alojamiento rural gestionado indirectamente por una empresa ajena a la comarca y no voy a dejar de nombrar algunas de las atrocidades cometidas en este espacio y su área de influencia como el famoso cable de Tarifa, la cantera del Cascajares, el circuito de velocidad de Los Merinos o el bosque de antenas de telefonía en Sierra Hidalga.

Por tanto, la función de uso público, didáctico y de esparcimiento en los parques naturales es más que dudosa; esto sólo tiene dos lecturas: La especulación comienza con la propia administración pública y la protección de un espacio natural no implica una mayor y mejor calidad de conservación del enclave.

Precisamente y hablando del parque natural de la Sierra de Grazalema, “La joya de la Corona andaluza” (sólo en la zona gaditana del parque), sí podemos decir que se ha producido una mejora relativa en la calidad de vida y un aumento de la renta per cápita de sus moradores, por supuesto que con ayudas infraestructurales de la administración andaluza, que siempre se ha volcado con la zona gaditana de este parque; pero eso es una excepción dentro de la red de espacios protegidos, tangible en este parque y en el de Cazorla, Segura y Las Villas;  los demás “no pillan na de na”.

Parte de ese progreso económico en el parque de Grazalema se produce igualmente basado en un desordenado crecimiento urbanístico, contrario a todas luces, a la filosofía tantas veces promulgada de “Desarrollo Sostenible”; todo esto ocurre bajo la bendición y aprobación de la administración; ahí están los ejemplos urbanísticos de ciertos hoteles en Grazalema o el proyectado complejo residencial de Benamahoma, que doblará la actual extensión de este municipio. Si esto ocurre en nuestros vecinos parques naturales, ¿creéis de veras que un Valle del Genal “protegido” como parque natural, se va a librar de especulaciones urbanísticas, de presas o plantas eólicas?
Algunos piensan que la declaración del Valle del Genal como parque natural va ha suponer un acercamiento físico y de gestión a las poblaciones del parque; nada de eso, como pasa en Sierra de las Nieves, el parque se gestionará desde una fría y recóndita habitación del edificio Eurocom, en Málaga, y el director-conservador tendrá que repartir sus funciones, tal y como ocurre hoy día, entre otros espacios protegidos como Montes de Málaga, Sierra de las Nieves, Sierra Bermeja y la Reserva Nacional de Caza de la Serranía de Ronda.

La hipotética Junta Rectora del parque natural del Valle del Genal, (representantes de las fuerzas vivas implicadas en el Valle del Genal) no tendrá sede en ningún sitio en concreto, (mucho menos en Ronda que no pertenece al Valle); se reunirá, si acaso, dos o tres veces al año, de forma errante por sus pueblos y los representantes en dicho órgano que solo es “consultivo”, (las decisiones se toman en Málaga) se desesperarán cuando adopten una decisión de forma unánime y la delegación provincial de medio ambiente o la Confederación Hidrográfica del Sur o el MIMAN, adopten y ejecuten la resolución contraria; ejemplos pondría muchos, baste recordar el caso de la perforaciones en el acuífero de la Sierra de las Nieves en la última gran sequía.

Si problemática es la gestión del parque natural Sierra de las Nieves, donde no hay ninguna población dentro de sus límites, donde el único aprovechamiento de su territorio es el ganadero y donde la mayoría de sus hectáreas son de titularidad pública, qué “caos” podría ser la gestión del Valle del Genal, con varios y diversos  sectores productivos como la ganadería, la agricultura, la actividad forestal y otros muchos usos del suelo por no citarlos todos; donde vive una población importante, donde existen cantidad de pequeñas y grandes propiedades privadas...

Parece mentira que en una sociedad moderna y democrática como la nuestra, se tenga que pordiosear la mejora de infraestructuras sanitarias, sociales, comunicaciones, etc.; por eso entiendo la postura de varios alcaldes de pueblos del Genal que en un acto de sumisión, más propia de sociedades feudales, tengan que poner condicionantes a la declaración de este precioso Valle como parque natural. ¿Para eso queremos el parque natural? ¡No! Lo primero que debe hacer la administración es un Plan de Ordenación General del Territorio; redactar un Plan Urbanístico y Arquitectónico para todos los pueblos del Valle que no deteriore más la trama urbana de estas poblaciones, especial ejemplo tendrían que dar los entes públicos, responsables de algunos mamotretos arquitectónicos visibles en algunos pueblos; dotar al Valle del Genal de todas las infraestructuras básicas de una comarca que pertenece a la Comunidad Económica Europea; tratar a las gentes del Genal como ciudadanos de primera, no como agentes de cambio de sus recursos naturales y cuando todo esto ocurra, que se declare al Valle del Genal como parque natural o con la figura de protección que quieran.

Aún queda mucho camino por recorrer antes de que muchos-as de nuestros-as políticos-as adquieran una verdadera conciencia sobre el valor de la conservación y buen uso de nuestro rico patrimonio natural; la administración debe de creerse seriamente que proteger no es un modismo importado de otras sociedades que ahora se lamentan del catastrófico estado de conservación de su patrimonio natural; no pueden ni deben de especular con las ilusiones, anhelos y sueños de los ciudadanos de este apartado rincón de Andalucía.

Estas son en líneas generales las ideas y sentimientos que me afluyen cada vez que oigo o leo que se declare parque natural el Valle del Genal; por supuesto que respeto las ideas y propuestas de muchos colectivos como las de Ecologistas en Acción o las del Grupo de Trabajo del Valle del Genal, en verdad, pienso igual que ellos, pero el problema es la administración; de todos modos mi más sincera admiración a estos colectivos, auténticos y altruistas defensores de los más genuinos valores del Valle del Genal.

Espero con estas humildes líneas, no promover ninguna polémica y sí aportar nuevos datos y otra visión; que sirva ante todo, para crear debate.

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Valle del Genal, ¿Parque Natural?
Andrés Rodriguez González
(Director-Conservador del Parque Natural Sierra de Grazalema desde junio de 1998 a finales de 1999)  


¿El VALLE DEL GENAL DEBE SER DECLARADO PARQUE NATURAL? YO CREO QUE NO

 Dos son los motivos fundamentales en los que justifico el por que creo que el Genal  NO debe ser declarado Parque Natural: Uno por criterios medioambientales y otro por la experiencia personal al ejercer durante año y medio las funciones de director conservador de un Parque Natural Andaluz.

Con sinceridad y rotundidad afirmo que la declaración de un territorio como Parque Natural no garantiza su protección medioambiental.  Con la normativa actual se da el contrasentido de que un territorio se declara como Parque Natural por sus valores ambientales y esa misma declaración no sirve para preservar esos valores. Al contrario, puede actuar negativamente.

  El territorio de El Valle del Genal se conserva bien por que ha estado olvidado por la administración y por el gran público; olvido,  en este caso, es similar a conservación pero la fiebre especulativa y la expansión de la Costa del Sol llega a todos los rincones de la provincia de Málaga, el Genal ya ha sido descubierto, como casi todos los paraisos y no podemos aspirar a mantenerlo oculto.

El principal problema del Genal en breve será la especulación urbanística, por lo tanto pronto empezará a ser una pieza codiciada de esa gran urbe que es la Costa del Sol que se ha quedado sin espacios naturales bien conservados y a la que le sobra asfalto y falsos espacios verdes como son los Campos de Golf.

La estructura urbana del Genal a base de muchos pueblos pequeños me recuerda a la de los pueblos que forman parte del Parque Natural Sierra de Grazalema; allí, sin duda, el principal problema con el que se enfrenta el Parque es la especulación y el urbanismo devorador de suelo rústico. Pueblos como Ubrique que disponen de mucho dinero y que carecen de una zona de expansión para segunda vivienda lo que genera parcelaciones ilegales como Tavizna, permisos para construcciones de pequeñas cabañas para aperos de labranza que se transforman en chales de lujo o pequeños cortijos en el campo que acaban siendo hoteles rurales, con la alberca transformada en piscina olimpica, los manatiales de los vecinos agotados por perforaciones para abastecer de agua y los arroyos de los alrededores contaminados por aguas residuales procedentes del hotel, son algunos de los problemas urbanísticos existentes en la zona. En la mayoria de los casos los permisos obtenidos de Medio Ambiente nada tienen que ver con las posteriores construcciones y las irregularidades, cuando se detectan y se denuncian, pueden terminar en recursos y contenciosos inacabables o simplemente en multas que bendicen la especulacion cometida.

Existen muchas artimañas legales que permiten a cualquier corporación municipal tomar inicitivas que pueden llevar deterioros ambientales graves; una de ellas destaca especialmente, se trata de una figura legal que es la declaración como Bien de Interés Público y Social de una actividad o  una construcción, una estratagema  que permite que cualquier alcalde de cualquier pueblo trás conseguir un acuerdo plenario de su ayuntamiento presentar el proyecto a la Comisión Provincial de Urbanismo que habitaualmente lo aprueba, lo que permite hacer al alcalde de turno cualquier barbaridad ambiental o urbanistica, dentro del territorio del Parque, sin que éste tenga  la posibilidad de impedirlo.

Si el Director del Parque Natural tiene sensibilidad hacia ese tema que nos sirve de ejemplo o tiene un técnico que se interese por la cuestión urbanística puede iniciar un procedimiento que puede retrasar la ejecución pero no impedirlo radicalmente si cuenta con el visto bueno de la Comisión Provincial que hemos citado, y ¡ya se encargará el alcalde de conseguirlo!. Si, además, el alcalde de turno tiene la Junta Rectora del Parque a favor el retraso es mucho menor.

Pongamos un ejemplo cercano con mucho impacto ambiental, con el procedimiento que he citado anteriormente se contruyó en el Puerto de Los Alamillos, en pleno parque natural de Grazalema, en medio de un alcornocal, con un impacto ambiental, paisajístico y visual evidente, un enorme edificio para un presunto uso social pero que actualmente es un hotel de lujo.

Algunos otros ejemplos de actividades que deterioran sin duda el Parque Natural y que son imposibles de eliminar con la figura actual de protección son los siguientes: Por las carreteras que discurren por el Parque Natural de Grazalema, y sin pedir permiso ni siquiera a la dirección del parque  se hace cada año una carrera denominada Rally  Sierra de Cádiz, esa carrera de coches tiene subvenciones de la Mancomunidad de Municipios, de Diputación de Cádiz y otros organismos; otro ejemplo, se construyó un embalse en lo alto del pueblo de Grazalema, se busca así almacenar más agua para facilitar el crecimiento urbanístico especulativo del pueblo; en Villaluenga tenemos que las aguas residuales del pueblo, los purines de una granja de cerdos y residuos de una quesería son vertidos a la Sima de Villaluenga sin que se vislumbre soluciones a este problema.

Una cuestión importante que no debemos olvidar es que un Parque Natural en el Genal englobaría muchos pequeños pueblos en su territorio, podría darse el caso como en Villaluenga, Monejaque, Grazalema, Ubrique, Benaojan, o Benaocaz que el parque comienza cuando termina la última casa de pueblo lo que lleva graves problemas en los servicios municipales, por ejemplo si se quiere hacer un cementerio nuevo como en Montejaque tiene que hacerse es en terrenos de dominio del parque. Pongamos un caso hipotético, si en un cortijo a 500 metros del pueblo quiere hacerse un pequeño hotel rural tendría graves problemas por ser territorio de parque, imaginemos que dos propietarios quieren obtener un sólo permiso, si a unos se les permite y a otros no ¿Qué criterios tendrían los gestores del parque para no establecer agravios compartivos entre los particulares?

Otro de las grandes asignaturas pendientes en los Parques Naturales son el desarrollo de los Planes de Uso Público ya que la especulación y las presiones de los Ayuntamientos tienden a que no se aprueben y sin esos Planes de Uso Público no existe una regulación eficaz de los territorios del Parque.

No nos engañemos, existen reticencias importantes por parte de las personas que viven trabajan y son pripietarios de terrenos en los parques, por parte de los vecinos los Parque Naturales son considerados como un problema más en lugar de ser considerados como una forma de obtener recursos o información.

La administración medio ambiental debería estar al margen de las luchas políticas, sólo asi se garantizaría la importancia y la independencia que la gestión del  medio ambiente es necesario darle.

Como conclusión podria decir que si la administración medioambiental esta dispuesta a asumir las competencias urbanísticas con todas sus consecuencias e implicarse sin presiones de tipo político yo sería partidario de la declaración del Genal como Parque Natural, pero si la administración medioambiental no asume sus competencias en materia urbanística como ocurre en casi todos los Parques Naturales andaluces excepto Grazalema y algún otro, radicalmente me decanto por el NO a la declaración como Parque Natural ya que en ese caso la figura de Parque Natural sólo serviria como reclamo para atraer inversiones especulativas al territorio, además de generar una gran frustación en colectivos y personas sensibilizados con el Medio Ambiente y comprueban como las expectativas generadas por los Parques naturales no se cumplen.

Otra propuesta es que si la estructura actual de protección llamada Parque Natural tiene sus deficiencias como es evidente podriamos aspirar a su superación y no a añadir otro motivo más de frustración y conflicto como sería un nuevo Parque Natural en el Genal, quizás la forma ideal de protección fuera una figura europea dentro de la Red Natura 2000, así las presiones políticas de los alcaldes están más lejos.

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